Ajuntament de Calp. BASES PARA LA PROVISION DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION POR TURNO LIBRE
Por Decreto de la Concejalía delegada de Recursos Humanos n.º 2018/00993, de 16/03/2018, se han aprobado las bases de la Convocatoria 17/22 para la selección de dos puestos de AGENTE POLICIA LOCAL, turno libre, por el sistema de oposición, modificadas por Decreto de la Concejalía delegada de Recursos Humanos n.º 2018/01696, de 03/05/2018, con el contenido y alcance siguiente:
BASES PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de dos plazas de Agentes de la Policía Local, Escala de Administración Especial,
Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el Nivel C1 de titulación, que se relacionan a continuación:
Cod. Puesto Oferta Empleo Público Publicación O.E.P.
052-90 Año 2016 DOCV n.º 7930 de 02/12/2016
054-90 Año 2017 DOCV n.º 8174 de 21/11/2017
Las plazas convocadas serán provistas mediante el sistema de oposición, por turno libre.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir conforme establece el art. 58 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, los siguientes requisitos, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber superado el curso de capacitación correspondiente a la categoría a la cual se accede y la fase previa, realizados por el Ivaspe. (Sin efectos conforme Disposición Transitoria Segunda Dos de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat)
c) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) Estar en posesión de la titulación académica exigible a cada escala o, en su caso, la equivalente para el grupo al cual pertenece la plaza convocada, de acuerdo con la legislación básica del Estado.
f) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
g) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
h) Estar en posesión de los permisos que reglamentariamente se establezcan y que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas.
i) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan reglamentariamente.
j) Cualesquiera otros requisitos específicos de acceso relacionados con las funciones y las tareas a ejercer que se determinen reglamentariamente.”
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA. 3.1. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
BASES PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de dos plazas de Agentes de la Policía Local, Escala de Administración Especial,
Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el Nivel C1 de titulación, que se relacionan a continuación:
Cod. Puesto Oferta Empleo Público Publicación O.E.P.
052-90 Año 2016 DOCV n.º 7930 de 02/12/2016
054-90 Año 2017 DOCV n.º 8174 de 21/11/2017
Las plazas convocadas serán provistas mediante el sistema de oposición, por turno libre.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir conforme establece el art. 58 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, los siguientes requisitos, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber superado el curso de capacitación correspondiente a la categoría a la cual se accede y la fase previa, realizados por el Ivaspe. (Sin efectos conforme Disposición Transitoria Segunda Dos de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat)
c) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) Estar en posesión de la titulación académica exigible a cada escala o, en su caso, la equivalente para el grupo al cual pertenece la plaza convocada, de acuerdo con la legislación básica del Estado.
f) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
g) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
h) Estar en posesión de los permisos que reglamentariamente se establezcan y que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas.
i) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan reglamentariamente.
j) Cualesquiera otros requisitos específicos de acceso relacionados con las funciones y las tareas a ejercer que se determinen reglamentariamente.”
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA. 3.1. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
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