Resolución de 8 de mayo de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas específicas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en los puertos de Terminal Marítima de Alúmina Española en San Ciprián, Huelva, Garrucha/Carboneras, Valencia, Castellón, Barcelona y La Luz y Las Palmas/Salinetas/Arinaga.
Primero. Convocar a los aspirantes que deseen presentarse a
la segunda parte de las pruebas o pruebas específicas en los puertos de
Terminal Marítima de Alúmina Española en San Ciprián (2 plazas), Huelva
(1 plaza), Garrucha/Carboneras (1 plaza), Valencia (2 plazas),
Castellón (2 plazas), Barcelona (1 plaza) y La Luz y Las
Palmas/Salinetas/Arinaga (1 plaza), para el reconocimiento de la
capacitación profesional para prestar servicios portuarios de
practicaje, y cumplan los requisitos establecidos en la norma.
Segundo. Solicitudes: Los aspirantes deberán reunir los
requisitos de titulación y mando que se señalan en el artículo 10 de la
Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, y solicitar la admisión a las
pruebas en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante,
a la que deberán unirse los siguientes documentos:
1. Certificación de la Capitanía Marítima,
Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público,
acreditativa de haber tenido el mando de buque de arqueo superior a
1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos
diez años de actividad profesional que precedan inmediatamente a la
presente convocatoria.
2. Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante.
3. Copia del resguardo de autoliquidación en
cualquier entidad colaboradora por importe de 45,29 euros de tasa por
puerto, impreso modelo 790, código 001 de derechos de examen, disponible
en Capitanías Marítimas o en la Dirección General de la Marina
Mercante, así como en cualquier otra dependencia administrativa.
4. Certificaciones de superación de las pruebas
físicas y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y
segundo respectivamente, de la Resolución de 29 de julio de 1998, de la
Dirección General de la Marina Mercante («Boletín Oficial del Estado»
núm. 194 de 14 de agosto de 1998).
Tercero. Presentación de solicitudes: Podrán presentarse
en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía
Marítima y sus correspondientes Distritos Marítimos, o bien en los
lugares indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta
Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 23 de mayo al 22 de junio de 2018, a.i.}
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