viernes, 25 de mayo de 2018

Becas de Formación ( para graduados universitarios, de grados medios y superiores de formación profesional o titulaciones equivalentes,) relacionadas con los fines de la Fundación Biodiversidad. Bases reguladoras.

Resultado de imagen de Fundación BiodiversidadANEXO
Bases reguladoras de la concesión de becas de formación relacionadas con los fines de la Fundación Biodiversidad
1. Entidad convocante. La Fundación Biodiversidad F.S.P (en adelante la Fundación), es una fundación del sector público adscrita al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de las previstas en el art. 84.1 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998 e inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 280001, con domicilio en Madrid, y C.I.F. N.° G 82207671.
De acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Fundación Biodiversidad dispone de la autorización expresa de 4 febrero de 2016 de la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para conceder subvenciones.
La Fundación, en su interés en formar futuros profesionales en las materias relacionadas con sus fines, prevé ofertar formación a los jóvenes titulados universitarios y de grados medios y superiores de formación profesional procedentes de múltiples especialidades afines. Todo ello, con el fin de contribuir a que los recién titulados obtengan una experiencia profesional que facilite su inserción en el mercado laboral, al tiempo que incrementa la profesionalización en esta rama tan importante dentro del sector medioambiental.
3. Objeto. Las presentes Bases tienen por objeto establecer el marco de concesión de becas de formación para graduados universitarios, de grados medios y superiores de formación profesional o titulaciones equivalentes, en el ámbito de las competencias de la Fundación Biodiversidad.
El procedimiento de selección se realizará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad, publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
4. Características de las becas.
1. Las becas que se convoquen se desarrollarán dentro de un programa de formación en el ámbito de los fines de la Fundación Biodiversidad, y supondrán la formación integral en un área de conocimiento, que implica la realización de estudios y trabajos de formación, sin que en ningún caso, se puedan ejercer por los beneficiarios funciones propias del personal laboral.
2. Las áreas de conocimiento a las que podrá optarse, en función de las convocatorias, serán las siguientes:
Área de proyectos y convocatorias propias.
Área de pesca y acuicultura sostenibles.
Área de proyectos europeos y LIFE.
Área de programa Empleaverde.
Área de comunicación, relaciones institucionales y social media.
Área de asesoría jurídica y servicios generales.
Área económica y de capital humano.
Área de Secretaría General.
...
5. Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas reguladas en las presentes Bases aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan los siguientes requisitos:
a. Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, que hayan finalizado los estudios a los que se refiere el apartado b) en los tres años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
b. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado universitario o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas objeto de la correspondiente convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c. Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España un periodo inferior a dos años.
d. Conocimiento de inglés.
e. Conocimientos informáticos.
f. No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Los solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en estas Bases el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
6. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes, conforme a las instrucciones que figuren en la correspondiente convocatoria, se dirigirán a la Fundación Biodiversidad.
2. El plazo de presentación de solicitudes se fijará en la correspondiente convocatoria.    ...
15. Publicidad e información. 1. El texto completo de las presentes Bases Reguladoras se podrá consultar en la página web de la FB (www.fundacion-biodiversidad.es) y en el Boletín Oficial del Estado.

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