Los magistrados avalan por una ajustada mayoría la jurisprudencia anterior y tumban el giro de sus compañeros de la Sección Segunda
Dos días de Pleno y un intenso debate
para dar marcha atrás. Los 28 magistrados de lo Contencioso del
Tribunal Supremo se han inclinado, por una estrechisima mayoría, por
avalar la jurisprudencia tradicional y obligan al cliente a continuar
pagando. El papel protagonista de esta decisión, ha correspondido de
nuevo al presidente de la Sala, Luis María Díez Picazo. Tuvo la opción
de forzar el empate y continuar con un debate que se acercara al
consenso. No lo hizo e inclinó la balanza a favor de los bancos,
informan fuentes jurídicas a El Confidencial. El resultado: la
desestimación de los los tres recursos presentados por la Empresa
Municipal de Rivas Vaciamadrid. Gana la banca por 15 votos frente a 13.
La deliberación de la segunda jornada ha sido una instantánea de la división
más absoluta. Si durante el primer día de pleno fue evidente que la
Sala estaba partida por la mitad, durante este martes una de las partes
en liza logró atraerse a los numerosos indecisos pero sólo para rascar
dos votos que inclinan la balanza. Dos días de reunión que han servido
para dar la vuelta al criterio sentado por las sentencias de hace unos
días con la indignación de muchos de los magistrados que esperaban una
solución muy diferente.
Se inicia así la marcha atrás y el retorno al criterio según el cual el sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario.
El texto de las sentencias no se conocerá hasta los próximos días. Las
tres sentencias dictadas el pasado 16 de octubre continuarán siendo
firmes por lo que se crea la dicotomía de que el mismo recurrente ha
ganado en tres casos y perdido en otros tres.
Las cinco intervenciones de la tarde dieron el giro
a la estrecha mayoría de la mañana en la que por escasos votos de
diferencia, la balanza caía del lado del cliente. Las resoluciones que
consideraban que las escrituras interesaban más al banco que al
beneficiario de la hipoteca quedan así como una anomalía. La división
queda patente a la vista del resultado: solo dos votos. El consenso
pretendido no se ha logrado y la resolución, lejos de restañar las
heridas abiertas en los últimos 15 días, las agranda.
La crisis se abrió el pasado día 18 tras la
notificación de las resoluciones que, por primera vez, rompían una
jurisprudencia de 20 años. Horas más tarde, el presidente de la Sala de
lo Penal anunciaba la convocatoria de un Pleno para analizar el "giro"
que justificaba por la enorme repercusión social y económica. Los bancos
ya habían entrado en pánico con caídas en la Bolsa, previsiones de
desembolso de hasta 16.000 millones y la decisión de Luis Díez-Picazo se
vió como un rescate de la banca por parte del Supremo. El resultado,
desde luego, salva a la banca.
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La sentencia del Tribunal Supremo que afirma que es el banco y no el titular de la hipoteca el que debe pagar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) en las hipotecas tenía
muchas más aristas de las que aparentaba. No solo suponía una
rectificación del alto tribunal sobre un dictamen propio anterior si no
que abría un melón jurídico del que muchos bufetes iban a tratar de
sacar el máximo de rodajas.
Sin embargo, la alegría de los consumidores ha durado solo unas horas ante una justicia que pierde credibilidad. El elemento que ha socavado cualquier atisbo de seguridad jurídica no ha sido el cambio de criterio del alto tribunal en su resolución en favor de los usuarios, sino la paralización del fallo por parte del presidente de la sala que había emitido el dictamen. Se trata de una actuación inaudita y justificada, entre otros motivos, por la "enorme repercusión económica y social" del fallo ¿Se aplica el mismo criterio o rasero cuando una resolución judicial afecta a ciudadanos de a pie, autónomos o pymes?
La primera reacción de la bolsa, un desplome de las cotizaciones bancarias, fue lógica. Los mercados puede que tengan tripas, pero poco corazón y sentimientos: que los bancos tengan que pagar un coste que antes cargaban, aunque fuera de forma abusiva a los clientes, supone menores ganancias; no un acto de justicia en favor de los usuarios, desde su óptica. Por esos mismos motivos, tras la última decisión del Supremo, las cotizaciones se recuperaban el viernes.
Pero el tema tenía aún más aristas. Además está por ver que se pudiera imponer un límite de prescripción de cuatro años. A juicio de algunos expertos, el fallo podía afectar retroactivamente incluso a ejercicios prescritos, al tratarse de una nulidad reglamentaria, lo contrario de lo que interpretan los gabinetes jurídicos de las entidades financieras. Esa es una de las claves del nuevo movimiento soprendente del Supremo.
Y es que la capacidad de presión de la banca es casi infinita en comparación con la que tienen otras industrias o sectores. Como ejemplo, el sector financiero se escudó en su carácter estructural y esencial para la economía para pasar de puntillas sobre las responsabilidades que tuvo en la crisis financiera que estalló hace ahora 10 años.
Con esta última decisión del Tribunal Supremo, que se rectifica a sí mismo tras dar la razón a los usuarios, parece que caen en saco roto las palabras de la subgobernadora del Banco de España, Margarita Delgado. "Se acabó el defender a la banca española; ese espíritu tiene que desparecer. Tenemos que ser justos", dijo durante una reunión con el cuerpo de inspectores, según una grabación difundida por la cadena Ser. Ahora parece que tendrá que ir a dar la charla al alto tribunal, si no, la banca ganará incluso cuando parece que pierde.
Sin embargo, la alegría de los consumidores ha durado solo unas horas ante una justicia que pierde credibilidad. El elemento que ha socavado cualquier atisbo de seguridad jurídica no ha sido el cambio de criterio del alto tribunal en su resolución en favor de los usuarios, sino la paralización del fallo por parte del presidente de la sala que había emitido el dictamen. Se trata de una actuación inaudita y justificada, entre otros motivos, por la "enorme repercusión económica y social" del fallo ¿Se aplica el mismo criterio o rasero cuando una resolución judicial afecta a ciudadanos de a pie, autónomos o pymes?
La primera reacción de la bolsa, un desplome de las cotizaciones bancarias, fue lógica. Los mercados puede que tengan tripas, pero poco corazón y sentimientos: que los bancos tengan que pagar un coste que antes cargaban, aunque fuera de forma abusiva a los clientes, supone menores ganancias; no un acto de justicia en favor de los usuarios, desde su óptica. Por esos mismos motivos, tras la última decisión del Supremo, las cotizaciones se recuperaban el viernes.
Pero el tema tenía aún más aristas. Además está por ver que se pudiera imponer un límite de prescripción de cuatro años. A juicio de algunos expertos, el fallo podía afectar retroactivamente incluso a ejercicios prescritos, al tratarse de una nulidad reglamentaria, lo contrario de lo que interpretan los gabinetes jurídicos de las entidades financieras. Esa es una de las claves del nuevo movimiento soprendente del Supremo.
Y es que la capacidad de presión de la banca es casi infinita en comparación con la que tienen otras industrias o sectores. Como ejemplo, el sector financiero se escudó en su carácter estructural y esencial para la economía para pasar de puntillas sobre las responsabilidades que tuvo en la crisis financiera que estalló hace ahora 10 años.
Con esta última decisión del Tribunal Supremo, que se rectifica a sí mismo tras dar la razón a los usuarios, parece que caen en saco roto las palabras de la subgobernadora del Banco de España, Margarita Delgado. "Se acabó el defender a la banca española; ese espíritu tiene que desparecer. Tenemos que ser justos", dijo durante una reunión con el cuerpo de inspectores, según una grabación difundida por la cadena Ser. Ahora parece que tendrá que ir a dar la charla al alto tribunal, si no, la banca ganará incluso cuando parece que pierde.
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