ORDEN de 16 de julio de 2009, de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, por la que se regula y convoca la segunda edición del Premio Solidaria. [2009/8624]
Objeto.- Es objeto de la presente orden convocar la segunda edición del Premio Solidaria, dirigido a reconocer la labor realizada por personas, instituciones o agentes de la cooperación valenciana que hayan destacado en el campo de la cooperación internacional al desarrollo, de forma ejemplar y relevante, por su contribución al desarrollo de sociedades más democráticas, justas y solidarias.
Aprobar las bases por las que se regula la convocatoria de la segunda edición del Premio Solidaria que se incluyen como Anexo I de esta orden, así como, el modelo que se adjunta como Anexo II.
Objetivos.- Los objetivos de la presente convocatoria, son los siguientes:
Objeto.- Es objeto de la presente orden convocar la segunda edición del Premio Solidaria, dirigido a reconocer la labor realizada por personas, instituciones o agentes de la cooperación valenciana que hayan destacado en el campo de la cooperación internacional al desarrollo, de forma ejemplar y relevante, por su contribución al desarrollo de sociedades más democráticas, justas y solidarias.
Aprobar las bases por las que se regula la convocatoria de la segunda edición del Premio Solidaria que se incluyen como Anexo I de esta orden, así como, el modelo que se adjunta como Anexo II.
Objetivos.- Los objetivos de la presente convocatoria, son los siguientes:
a) Reconocer la labor de personas, instituciones y agentes sociales de la cooperación valenciana, como representantes de nuestra ciudadanía, en la contribución a la erradicación de la pobreza y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
b) Promover y premiar el esfuerzo, el compromiso y los valores humanos, así como los resultados y los objetivos alcanzados en las acciones de cooperación internacional al desarrollo, de codesarrollo, de carácter humanitario o de sensibilización social de la ciudadanía valenciana, desde el respeto a los valores y derechos humanos y bajo un enfoque integral y de impacto.
Base 2. Candidaturas y plazo de presentación.- 1. Las candidaturas, presentadas por el propio candidato o por un tercero, se podrán hacer en favor de personas físicas o jurídicas sin ánimo de lucro, y podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y hasta el 25 de septiembre de 2009, en el modelo que se adjunta en la presente orden, como Anexo II.
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