MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Resolución de 27 de julio de 2009, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convoca la concesión de los Premios Reina Sofía 2009, de accesibilidad universal de municipios.
Objeto y finalidad.–Esta Resolución tiene por objeto el convocar la concesión de los Premios Reina Sofía 2009, de accesibilidad universal de municipios en régimen de concurrencia competitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Orden TAS/2013/2007, de 28 de junio, modificada por la Orden SAS/2006/2009, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras parta la concesión de estos premios.
La finalidad de estos premios es recompensar a los municipios que han desarrollado una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, en el campo de accesibilidad universal de las personas con discapacidad al medio físico, la educación, el ocio, la cultura, el deporte, el transporte, el turismo y las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, programado y evaluado cuyos resultados merezcan esta distinción.
Beneficiarios.- 1. Podrán concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos de España en las siguientes categorías:
a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes.
b) Ayuntamientos entre 10.001 a 100.000 habitantes.
c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante.
2. Podrán igualmente concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos (Alcaldías) Latinoamericanos en las siguientes categorías:
a) Ayuntamientos (Alcaldías) de hasta 100.000 habitantes.
b) Ayuntamientos (Alcaldías) de 100.001 habitantes en adelante.»
Cuantía: 1. Los Premios Reina Sofía 2009, de accesibilidad universal de municipios,dispondrán para los Ayuntamientos de España de una dotación máxima de 45.000 euros, que será financiada al 50 por 100 por el Real Patronato sobre Discapacidad y por la Fundación ACS.
El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 1, de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:
a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes: 15.000 euros.
b) Ayuntamientos entre 10.001 y 100.000 habitantes: 15.000 euros.
c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.
La finalidad de estos premios es recompensar a los municipios que han desarrollado una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, en el campo de accesibilidad universal de las personas con discapacidad al medio físico, la educación, el ocio, la cultura, el deporte, el transporte, el turismo y las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, programado y evaluado cuyos resultados merezcan esta distinción.
Beneficiarios.- 1. Podrán concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos de España en las siguientes categorías:
a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes.
b) Ayuntamientos entre 10.001 a 100.000 habitantes.
c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante.
2. Podrán igualmente concurrir a estos Premios todos los Ayuntamientos (Alcaldías) Latinoamericanos en las siguientes categorías:
a) Ayuntamientos (Alcaldías) de hasta 100.000 habitantes.
b) Ayuntamientos (Alcaldías) de 100.001 habitantes en adelante.»
Cuantía: 1. Los Premios Reina Sofía 2009, de accesibilidad universal de municipios,dispondrán para los Ayuntamientos de España de una dotación máxima de 45.000 euros, que será financiada al 50 por 100 por el Real Patronato sobre Discapacidad y por la Fundación ACS.
El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 1, de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:
a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes: 15.000 euros.
b) Ayuntamientos entre 10.001 y 100.000 habitantes: 15.000 euros.
c) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.
2. Los Premios Reina Sofía 2009, de accesibilidad universal de municipios dispondrán para los Ayuntamientos Latinoamericanos de una dotación máxima de 30.000 euros, que será financiada por el Real Patronato sobre Discapacidad con 10.000 euros y por la Fundación ACS y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con 20.000 euros, en la forma que determine el Convenio establecido entre ambas entidades.
El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 2, de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:
a) Ayuntamientos de hasta 100.000 habitantes: 15.000 euros.
b) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.
El importe financiado por el Real Patronato sobre Discapacidad, que asciende a 10.000 euros, (5.000 euros para cada una de las categorías) lo será con cargo a la aplicación 18.103.231F.490 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2009.
3. Los premios podrán concederse «ex aequo» o, en su caso, declararse desiertos en algunas de las categorías señaladas en el apartado segundo de esta convocatoria, esto último, si se considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados. En este caso, la dotación económica de las declaradas desiertas pasará a incrementar la de las restantes categorías.
Solicitud, plazo de presentación y documentación.
1. La solicitud de participación en la convocatoria deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Resolución, la cual deberá ser firmada por el representante del Ayuntamiento o Alcaldía solicitante.
2. A la solicitud de participación en la convocatoria, deberá adjuntarse una Memoria por duplicado ejemplar, del conjunto de las actuaciones efectuadas en el campo de la accesibilidad universal por la que se opta a los premios, con una extensión entre 30 y 50 páginas A4, en formato Word, con letra Times New Roman, 12 a dos espacios.
3. Documentación que deberá acompañarse a la solicitud y a la memoria.
3.1 Para los premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios para Ayuntamientos de España:
Certificación del Pleno del Ayuntamiento en el que se acuerde la presentación a la convocatoria de los Premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios.
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, bien sea el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, o de otra persona con capacidad o poderes suficientes y subsistentes para actuar en nombre y representación del Ayuntamiento.
Norma legal o reglamentaria por virtud de la cual las personas físicas señaladas en el párrafo anterior puedan actuar en nombre y por cuenta de la Entidad Local.
Datos relativos al C.I.F de la Corporación municipal.
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
3.2 Para los Premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios para los Ayuntamientos/Alcaldías Latinoamericanos:
Carta del Alcalde o Presidente municipal presentando la candidatura del municipio al Premio de accesibilidad universal para Ayuntamientos (Alcaldías) Latinoamericanos.
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». [del 18 de agosto al 1 de octubre, a.i.]
El importe para cada una de las categorías establecidas en el apartado segundo, punto 2, de la presente Resolución, quedará distribuido de la siguiente forma:
a) Ayuntamientos de hasta 100.000 habitantes: 15.000 euros.
b) Ayuntamientos de 100.001 habitantes en adelante: 15.000 euros.
El importe financiado por el Real Patronato sobre Discapacidad, que asciende a 10.000 euros, (5.000 euros para cada una de las categorías) lo será con cargo a la aplicación 18.103.231F.490 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2009.
3. Los premios podrán concederse «ex aequo» o, en su caso, declararse desiertos en algunas de las categorías señaladas en el apartado segundo de esta convocatoria, esto último, si se considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados. En este caso, la dotación económica de las declaradas desiertas pasará a incrementar la de las restantes categorías.
Solicitud, plazo de presentación y documentación.
1. La solicitud de participación en la convocatoria deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Resolución, la cual deberá ser firmada por el representante del Ayuntamiento o Alcaldía solicitante.
2. A la solicitud de participación en la convocatoria, deberá adjuntarse una Memoria por duplicado ejemplar, del conjunto de las actuaciones efectuadas en el campo de la accesibilidad universal por la que se opta a los premios, con una extensión entre 30 y 50 páginas A4, en formato Word, con letra Times New Roman, 12 a dos espacios.
3. Documentación que deberá acompañarse a la solicitud y a la memoria.
3.1 Para los premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios para Ayuntamientos de España:
Certificación del Pleno del Ayuntamiento en el que se acuerde la presentación a la convocatoria de los Premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios.
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, bien sea el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, o de otra persona con capacidad o poderes suficientes y subsistentes para actuar en nombre y representación del Ayuntamiento.
Norma legal o reglamentaria por virtud de la cual las personas físicas señaladas en el párrafo anterior puedan actuar en nombre y por cuenta de la Entidad Local.
Datos relativos al C.I.F de la Corporación municipal.
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
3.2 Para los Premios Reina Sofía de accesibilidad universal de municipios para los Ayuntamientos/Alcaldías Latinoamericanos:
Carta del Alcalde o Presidente municipal presentando la candidatura del municipio al Premio de accesibilidad universal para Ayuntamientos (Alcaldías) Latinoamericanos.
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». [del 18 de agosto al 1 de octubre, a.i.]
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