MINISTERIO DE FOMENTO. Resolución de 16 de julio de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se modifican las Resoluciones de 11 de diciembre de 2008 y de 29 de enero de 2009, por la que se convocan para el año 2009, exámenes teóricos extraordinarios para la Licencia de Mantenimiento de Aeronaves (según parte 66 del Reglamento (CE) 2042/2003), estableciéndose las bases para su desarrollo.
Primero.–En la convocatoria de octubre de 2009 de exámenes teóricos extraordinarios, permitir al personal aspirante de las subcategorías B1.2, B1.3 y B1.4 poder presentarse al examen del módulo 5 correspondiente a la categoría B1.1 y B1.3, y al examen del submódulo 11A.18 correspondiente a la subcategoría B1.1, según corresponda, para levantar las limitaciones establecidas de acuerdo con el Informe de conversión, Edición 2, Revisión 1, aprobado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea con fecha 8 de mayo de 2009.
Segundo.–Podrán aspirar a lo expuesto en el punto primero de esta Resolución, tanto aquellos aspirantes que habiendo realizado los exámenes correspondientes a la convocatoria de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2009, no hayan superado los mismos, como aquellos que se presenten por primera vez.
Tercero.–Aquellos aspirantes que pretendan optar a lo expuesto en el apartado primero para la convocatoria de octubre de 2009 deberán hacer llegar sus solicitudes con anterioridad al 15 de septiembre de 2009. Dichas solicitudes deberán realizarse de acuerdo con lo expuesto en el apartado 3 de la Resolución de AESA de 11 de diciembre de 2008.
Cuarto.–Para esta convocatoria, seguirá siendo válido el Tribunal Calificador nombrado mediante resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Segundo.–Podrán aspirar a lo expuesto en el punto primero de esta Resolución, tanto aquellos aspirantes que habiendo realizado los exámenes correspondientes a la convocatoria de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2009, no hayan superado los mismos, como aquellos que se presenten por primera vez.
Tercero.–Aquellos aspirantes que pretendan optar a lo expuesto en el apartado primero para la convocatoria de octubre de 2009 deberán hacer llegar sus solicitudes con anterioridad al 15 de septiembre de 2009. Dichas solicitudes deberán realizarse de acuerdo con lo expuesto en el apartado 3 de la Resolución de AESA de 11 de diciembre de 2008.
Cuarto.–Para esta convocatoria, seguirá siendo válido el Tribunal Calificador nombrado mediante resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
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