Ayuntamiento de Benigánim sobre aprobación de las bases reguladoras que regirán el proceso selectivo para cubrir en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de administrativo de administración general.
Por Decreto de la Alcaldía de este Ayuntamiento, de fecha 13 de abril de 2011, se ha resuelto aprobar las bases reguladoras que regirán el proceso selectivo para cubrir con carácter definitivo, mediante el sistema de oposición una plaza de administrativo de administración general correspondiente a la oferta de empleo público del año 2010 del Ayuntamiento de Benigànim y convocar la oposición correspondiente.
"BASES QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2010 DEL AYUNTAMIENTO DE BENIGÀNIM
BASE I- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes bases tienen por objeto regir el proceso selectivo para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de oposición libre de una plaza de Administrativo de Administración General vacante en la plantilla del Ayuntamiento, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2010 del municipio de Benigànim.
La plaza tiene el siguiente detalle:
- Denominación: Administrativo de Administración General
- Grupo: C1
- Escala: Administración General
- Subescala: Administrativa
- Número de vacantes: 1
BASE II.- REQUISITOS EXIGIDOS. 1.- Para poder participar en las pruebas que se convoquen los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función pública Valenciana.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
d) No haber sido separada o separado o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
En todo caso, la equivalencia deberá ser demostrada por el aspirante mediante certificado extendido por la autoridad competente.
Las condiciones para ser admitido/a al proceso selectivo deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
Los aspirantes minusválidos deberán presentar certificación de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, u órgano competente de otras comunidades autónomas o de la Administración del Estado, que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria.
El tribunal establecerá, para las personas con minusvalías que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
BASE III.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán solicitarlo mediante instancia.
Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benigànim, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. www.beniganim.es
"BASES QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2010 DEL AYUNTAMIENTO DE BENIGÀNIM
BASE I- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes bases tienen por objeto regir el proceso selectivo para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de oposición libre de una plaza de Administrativo de Administración General vacante en la plantilla del Ayuntamiento, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2010 del municipio de Benigànim.
La plaza tiene el siguiente detalle:
- Denominación: Administrativo de Administración General
- Grupo: C1
- Escala: Administración General
- Subescala: Administrativa
- Número de vacantes: 1
BASE II.- REQUISITOS EXIGIDOS. 1.- Para poder participar en las pruebas que se convoquen los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función pública Valenciana.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
d) No haber sido separada o separado o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
En todo caso, la equivalencia deberá ser demostrada por el aspirante mediante certificado extendido por la autoridad competente.
Las condiciones para ser admitido/a al proceso selectivo deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
Los aspirantes minusválidos deberán presentar certificación de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, u órgano competente de otras comunidades autónomas o de la Administración del Estado, que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria.
El tribunal establecerá, para las personas con minusvalías que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
BASE III.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán solicitarlo mediante instancia.
Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benigànim, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. www.beniganim.es
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