Ayuntamiento de Paiporta sobre CONVOCATORIA DE PRUEBAS PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE CINCO PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
En virtud de Resolución de Interior, nº 174/10, de fecha de 9 de junio de 2010, se han aprobado las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión definitiva de cinco plazas de agente de la policía local, de las cuales cuatro se proveerán mediante sistema de oposición por turno libre y una por turno de movilidad.
Bases para la provisión de cinco plazas de policía local del cuerpo de policía local, categoría de agente, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Paiporta, ... 1.-OBJETO DE LACONVOCATORIA.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de cinco plazas de agente de la policía local de Paiporta, escala de administración especial, subéscala servicios especiales, clase agente policía local y sus auxiliares, encuadrada en la escala básica, correspondiéndole el nivel C de titulación, mediante el sistema de oposición por turno libre y movilidad.
De las plazas convocadas serán provistas mediante oposición por turno libre cuatro plazas y una plaza mediante concurso de méritos por turno de movilidad de acuerdo con el anexo I del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano.
Si las plazas ofertadas por turno de movilidad no fueran cubiertas por este procedimiento de selección, incrementará las que hayan de ser provistas por oposición libre.
A las plazas convocadas podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta su celebración, siempre que se produzca la incorporación de las mismas, como ampliación en la Oferta de Empleo Público correspondiente.
Una vez cubierta las plazas en propiedad, el resto de los aspirantes que hayan superado los ejercicios pasarán a constituir en el mismo orden de la puntuación obtenida una bolsa de trabajo para cubrir las posibles bajas y/o vacantes que se produzcan en un futuro.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
2.1. Turno libre
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas contempladas en el Anexo II de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, publicada en el DOGV de fecha 2 de diciembre de 2005, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos 18 años, sin exceder de la edad de 30 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como policía local o auxiliar de policía local.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg, destinados al servicio de urgencia o emergencias. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo (Reglamento General de Conductores).
Asímismo deberán estar en posesión del permiso BTP o estar en disposición de obtener el mismo en el plazo de dos meses desde que se accede al puesto al que se opta.
2.2. Turno de movilidad ... Si las plazas ofertadas por turno de movilidad no fueran cubiertas por este procedimiento de selección, incrementará las que hayan de ser provistas por oposición libre.
A las plazas convocadas podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta su celebración, siempre que se produzca la incorporación de las mismas, como ampliación en la Oferta de Empleo Público correspondiente.
Una vez cubierta las plazas en propiedad, el resto de los aspirantes que hayan superado los ejercicios pasarán a constituir en el mismo orden de la puntuación obtenida una bolsa de trabajo para cubrir las posibles bajas y/o vacantes que se produzcan en un futuro.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
2.1. Turno libre
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas contempladas en el Anexo II de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, publicada en el DOGV de fecha 2 de diciembre de 2005, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos 18 años, sin exceder de la edad de 30 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como policía local o auxiliar de policía local.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg, destinados al servicio de urgencia o emergencias. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo (Reglamento General de Conductores).
Asímismo deberán estar en posesión del permiso BTP o estar en disposición de obtener el mismo en el plazo de dos meses desde que se accede al puesto al que se opta.
3.- PRESENTACION DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACION ANEXA.- 3.1.Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al señor alcalde presidente de este Ayuntamiento, pudiendo utilizarse la instancia modelo que facilitará la oficina de información municipal. Las instancias se presentarán en el Registro General, o en la forma que determina el artículo 38,4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
www.aytopaiporta.es
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