miércoles, 4 de mayo de 2011

1 Economista, 1 Psicólogo. Bases. Instituto de la Familia Doctor Pedro Herrero (Diputació d'Alacant)

INSTITUTO DE LA FAMILIA DOCTOR PEDRO HERRERO.
-BASES CONVOCATORIA UNA PLAZA DE ECONOMISTA página 38
-BASES CONVOCATORIA UNA PLAZA DE PSICÓLOGO página 43

Por Decreto del Sr. Presidente del Organismo Autónomo Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, número 36, de fecha 29 de marzo de 2011, se aprueba y convoca Oposición, para cubrir, una plaza de ECONOMISTA, reservada al turno libre, vacante en la Plantilla de este Instituto, dentro de las reservadas a funcionarios de carrera, y con arreglo a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- PLAZAS OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de esta convocatoria la selección, por el procedimiento de Oposición, de una plaza de ECONOMISTA, reservada al turno libre, vacante en la Plantilla del Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, Organismo Autónomo de la Diputación Provincial de Alicante, dentro de las plazas reservadas a Funcionarios de Carrera, e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2010.
Esta plaza está incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, dotada con los emolumentos correspondientes al Subgrupo de clasificación «A1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Economía, en Administración y Dirección de Empresas o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que
termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
*-*-*-*-*-*
Por Decreto del Sr. Presidente del Organismo Autónomo Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, número 35, de fecha 29 de marzo de 2011, se aprueba y convoca Oposición, para cubrir, una plaza de PSICÓLOGO, reservada al turno libre, vacante en la Plantilla de este Instituto, dentro de las reservadas a funcionarios de carrera, y con arreglo a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- PLAZAS OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de esta convocatoria la selección, por el procedimiento de Oposición, de una plaza de PSICÓLOGO, reservada al turno libre, vacante en la Plantilla del Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, Organismo Autónomo de la Diputación Provincial de Alicante, dentro de las plazas reservadas a Funcionarios de Carrera, e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2010.
Esta plaza está incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, dotada con los emolumentos correspondientes al Subgrupo de clasificación «A1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Psicología, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

DISPOSICIONES COMUNES:
II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de esta plaza, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente.
A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público se adoptarán para las personas con la condición legal de discapacitado que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar motivada.
En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.
TERCERA.- SOLICITUDES. I.- Quienes deseen tomar parte en la oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Sr. Presidente del Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. El modelo de instancia se facilitará en las dependencias del Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, y a través de la página Web de la Diputación Provincial de Alicante (www.ladipu.com)
Las personas con discapacidad deberán aportar fotocopia de la certificación del órgano competente, que acredite tal condición, así como el tipo y graduación de la misma.
II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) y en el tablón de Anuncios del Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero. Un extracto de la Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.).
III.- El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación del Anuncio-extracto de la convocatoria en el B.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos, se avisará que en el B.O.P. se publicará la Resolución aprobatoria de la lista de aspirantes admitidos y excluidos a la Oposición, así como la fecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.
Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Instituto de la Familia Dr. Pedro Herrero, (C/ Ramón de Campoamor nº 25, Sant Joan d’Alacant), o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria se producirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. el extracto referido en los apartados anteriores.
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