Orden CIN/1293/2011, de 11 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2011, para la concesión de las ayudas correspondientes al subprograma INNFLUYE, dentro de la línea instrumental de Articulación e Internacionalización del Sistema, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
1. Objeto. El objeto de la presente Orden es la aprobación de la convocatoria y el desarrollo del procedimiento de concesión para el año 2011, de las ayudas del subprograma INNFLUYE.
3. Objetivos de la convocatoria. El objetivo de esta convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión.
5. Beneficiarios. 1. Las entidades beneficiarias deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías de sujetos, conforme a la definición de los mismos contenida en los párrafos a) a k) del artículo 6.1 de la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo:
a) Empresas.
b) Centros tecnológicos de ámbito estatal.
c) Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
d) Centros universitarios privados de investigación y desarrollo.
e) Otros centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
f) Organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.
g) Universidades públicas y sus departamentos e institutos universitarios.
h) Otros centros públicos de investigación y desarrollo.
i) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
j) Otras entidades de derecho público.
k) Agrupaciones o asociaciones.
Carpeta Virtual de Expedientes, ubicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/cve).
12. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 25 de mayo de 2011 y finalizará el 15 de junio de 2011.
3. Objetivos de la convocatoria. El objetivo de esta convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión.
5. Beneficiarios. 1. Las entidades beneficiarias deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías de sujetos, conforme a la definición de los mismos contenida en los párrafos a) a k) del artículo 6.1 de la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo:
a) Empresas.
b) Centros tecnológicos de ámbito estatal.
c) Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
d) Centros universitarios privados de investigación y desarrollo.
e) Otros centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
f) Organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.
g) Universidades públicas y sus departamentos e institutos universitarios.
h) Otros centros públicos de investigación y desarrollo.
i) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
j) Otras entidades de derecho público.
k) Agrupaciones o asociaciones.
Carpeta Virtual de Expedientes, ubicada en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/cve).
12. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 25 de mayo de 2011 y finalizará el 15 de junio de 2011.
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