domingo, 7 de mayo de 2017

se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2016/2017

Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto regular, para todos los centros docentes del Sistema Educativo Español, y para el curso 2016/17, las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Artículo 2. Ámbito de aplicación y finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.
La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria tendrá carácter muestral y finalidad diagnóstica. Se aplicará a alumnos que se encuentren cursando cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, con independencia de sus calificaciones.
La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. No obstante, las Administraciones educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales, o hacer la evaluación final con carácter censal.
Artículo 3. Competencias objeto de evaluación.
Conforme a lo dispuesto en la disposición final quinta.2 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modificada por el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria valorará el grado de adquisición de la competencia matemática, la competencia lingüística y la competencia social y cívica, teniendo como referencia principal las materias generales del bloque de asignaturas troncales cursadas en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.
A este respecto, las materias Lengua Castellana y Literatura, Primera Lengua Extranjera y, en su caso, Lengua Cooficial y Literatura, serán la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia lingüística; las materias Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas y Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Aplicadas serán la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia matemática; y la materia Geografía e Historia será la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia social y cívica.
Artículo 4. Diseño de las pruebas.
1. El diseño de las pruebas comprenderá la matriz de especificaciones, la longitud (número mínimo y máximo de preguntas), tiempo de aplicación, la tipología de preguntas (preguntas abiertas, semiabiertas y de opción múltiple) y los cuestionarios de contexto.
2. Se realizará una prueba por cada una de las materias que constituyen la referencia principal de las competencias objeto de evaluación.
Artículo 9. Fechas de realización.
Las pruebas correspondientes a la evaluación de Educación Secundaria Obligatoria se llevarán a cabo en los meses de mayo o junio de 2017.

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