viernes, 12 de mayo de 2017

Subvenciones para la sustitución de denominaciones y símbolos para la Recuperación de la Memoria Histórica, Año 2017, a los Ayuntamientos de la provincia de Alicante menores de 20.000 habitantes. Diputació d'Alacant.

 ANUNCIO
https://alicantevivotest.files.wordpress.com/2007/10/placa_izq.jpg?w=160...  se convoca la concesión de Subvenciones a los Ayuntamientos de los municipios de la provincia de Alicante y entidades locales menores con población de menos de 20.000 habitantes para la sustitución de denominaciones y símbolos para la recuperación de la memoria histórica, anualidad 2017.
De conformidad con lo previsto en los artículos l7.3.by 20.8.a de la Ley 3812003, de l7de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de la subvención todos los municipios de la provincia de Alicante y entidades locales menores con población de menos de 20.000 habitantes.
http://lamarinaplaza.com/wp-content/uploads/2015/11/exemple-vestigis.jpgSegundo. Finalidad: Concesión de subvenciones para la sustitución de denominaciones y símbolos para la recuperación de la memoria histórica, en cumplimiento del artículo 15 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor dequienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, conocida como Ley de Memoria Histórica, anualidad 2017.  
Tercero. Bases reguladoras:Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación de Alicante (publicada enel BOP número I 18, de 27 de mayo de 2005) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.
Cuarto.Importe: El importe total de la dotación asciende a 50.000 euros que se imputará a la partida 32.3341 A620000 del presupuesto 2017.
Quinto. Criterios para la concesión: El número de habitantes de derecho del municipio solicitante, conforme al Real Decreto 636/2016, de 2 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2016. 
El importe total de la convocatoria se aplicará en base a la población y de la forma siguiente:
Municipios de menos de 1.000 habitantes con un máximo de 500 euros. 
Municipios de 1.001 hasta 3.000 habitantes con un máximo de 700 euros. 
Municipios de 3.001 hasta 5.000 habitantes con un máximo de 800 euros.
Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes con un máximo de 900 euros. 
Municipios de 10.001 a 15.000 habitantes con un máximo de 1.000 euros. 
Municipios de 15.001 a 20.000 habitantes con un máximo de 1.100 euros. 
Para la concesión de la subvención se atenderá a los criterios de puntuación que se detallan con un máximo de 100 puntos: 
l.- Grado de adecuación de la Memoria/proyecto a los objetivos de la subvención: l0 puntos 
2.- Coherencia del gasto propuesto: presupuesto claro y pertinente: l0 puntos. 
3.- Alcance de las medidas de difusión y divulgación propuestas: 5 puntos. 
4.- Tramo de población del municipio: 
Municipio de t habitante a 5.000 habitantes: 75 puntos. 
Municipios de 5.001 habitantes a 10.000 habitantes. 60 puntos. 
Municipios de 10.001 habitantes a 15.000 habitantes: 55 puntos. 
Municipios de 15.001 habitantes a 20.000 habitantes: 50 puntos. 
El importe mínimo para acceder a la subvención será de 75 puntos.
Debido a que las subvenciones se otorgarán hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria, cuando dos o más municipios obtengan igual puntuación en la valoración del criterio señalado anteriormente, la prioridad se establecerá según la fecha y núm. de registro de entrada en el Registro General de la Diputación de Alicante. 
El importe de la subvención en ningún caso podrá exceder del gasto efectivamente realizado por los beneficiarios. 
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Nº 89 de 12/05/2017], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. {del 13 de mayo al 9 de junio de 2017, a.i.}
Séptimo. Otros datos. La documentación a aportar se detalla en la Base Quinta de la Convocatoria, figurandoademás los Anexos de modelo de solicitud con la documentación que se debe adjuntar,memoria o proyecto y declaración de responsable y compromisos.

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