Diputació d'Alacant. EXTRACTO DECRETO NÚM. 10084 DE 26/02/2018 CONVOCATORIA DESUBVENCIONES A MANCOMUNIDADES CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
BDNS(Identif.):388266
Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 10084 de fecha 26 de febrero de 2018, por el que se convocan subvenciones a Mancomunidades de la provincia de Alicante con destino a programas y actividades para la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia de género, anualidad 2018. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas mancomunidades que pertenezcan a la provincia de Alicante.
No podrán acogerse a esta convocatoria aquellas entidades que ya disfruten de una subvención nominativa de la Diputación para la misma actividad y/o programa.
Segundo. Objeto: Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas y áreas descritas a continuación:
1. prevención y erradicación de la violencia de género;
2. formación y/o promoción de empleo de las mujeres, especialmente aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad;
BDNS(Identif.):388266
Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 10084 de fecha 26 de febrero de 2018, por el que se convocan subvenciones a Mancomunidades de la provincia de Alicante con destino a programas y actividades para la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia de género, anualidad 2018. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas mancomunidades que pertenezcan a la provincia de Alicante.
No podrán acogerse a esta convocatoria aquellas entidades que ya disfruten de una subvención nominativa de la Diputación para la misma actividad y/o programa.
Segundo. Objeto: Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas y áreas descritas a continuación:
1. prevención y erradicación de la violencia de género;
2. formación y/o promoción de empleo de las mujeres, especialmente aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad;
3. actuaciones tendentes a la ruptura de roles y estereotipos de género tradicionales, fomentando el empoderamiento y la participación de las mujeres en la vida pública en condiciones de igualdad con respecto los hombres;
4. actividades dirigidas a la investigación, información y sensibilización sobre las desigualdades de género incluyendo aquí aquellas actuaciones tendentes al fomento de las nuevas masculinidades;
5. impulso de modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social;
6. servicios de asesoramiento jurídico y/o psicológico para mujeres;
7. corresponsabilidad doméstica y conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar;
8. promoción de la inclusión social de algunos colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, como las pertenecientes a minorías étnicas, reclusas, víctimas de violencia de género, de familias monomarentales, etc.
9. promoción de la salud y la mejora de la calidad de vida de las mujeres no excluidas expresamente en la base quinta de esta convocatoria.
4. actividades dirigidas a la investigación, información y sensibilización sobre las desigualdades de género incluyendo aquí aquellas actuaciones tendentes al fomento de las nuevas masculinidades;
5. impulso de modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social;
6. servicios de asesoramiento jurídico y/o psicológico para mujeres;
7. corresponsabilidad doméstica y conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar;
8. promoción de la inclusión social de algunos colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, como las pertenecientes a minorías étnicas, reclusas, víctimas de violencia de género, de familias monomarentales, etc.
9. promoción de la salud y la mejora de la calidad de vida de las mujeres no excluidas expresamente en la base quinta de esta convocatoria.
Cuarto. Cuantía: Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 23.2318.4630000, del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2018 por una cuantía máxima de QUINCE MIL EUROS (15.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 2.500 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) [Alacant Nº 47 de 07/03/2018] {del 8 al 29 de marzo de 2018, a.i.}, por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) [Alacant Nº 47 de 07/03/2018] {del 8 al 29 de marzo de 2018, a.i.}, por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
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