Resolución de 27 de abril de 2018, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales, por los turnos libre y de discapacidad.
... la convocatoria de oposición para proveer cuarenta
plazas del Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales, dotadas con las
retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes Generales.
Igualmente acordaron delegar en los Presidentes del Congreso de los
Diputados y del Senado la aprobación de las bases de la convocatoria.
Del total de las plazas convocadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Estatuto del
Personal de las Cortes Generales, se reservan cuatro para ser cubiertas
por personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y
tres por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la presente
convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten
el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño
de las tareas y funciones correspondientes. Las plazas que no se cubran
por el turno de discapacidad incrementarán el turno libre.
Segunda. Requisitos para concurrir. 1. Para ser admitido a la oposición será
necesario, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.2 y 10.7 del
Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos
siguientes, que deberán cumplirse en el momento en que expire el plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento, en su
caso, de la toma de posesión:
a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
b) Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias.
c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
2. Si en algún momento del proceso selectivo el
Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o
varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la
documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o
falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo de Ujieres de las
Cortes Generales podrá acordar, previa audiencia del interesado, la
exclusión del mismo.
Tercera. Solicitudes y plazo de presentación. Quienes deseen tomar parte en la oposición
deberán presentar, en el plazo de quince días hábiles, contados desde el
día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado»{del 7 al 27 de junio de 2018, a.i., una instancia, según modelo oficial anejo a
la presente convocatoria (anexo II), dirigida al Letrado Mayor de las
Cortes Generales, a la que se acompañará copia del documento nacional de
identidad en vigor, así como así como del justificante de realización
de la transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los
derechos de examen.
En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos
apellidos, número del documento nacional de identidad, fecha de
nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, correo
electrónico y título exigido en la base segunda, punto 1.b), de esta
convocatoria con su denominación oficial completa, así como el turno
libre o de discapacidad por el que se opte.
Asimismo, se hará declaración expresa de reunir
todos y cada uno de los requisitos que se señalan en la base segunda de
la convocatoria y de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación
del nombramiento.
El modelo oficial de solicitud podrá descargarse
de las páginas web del Congreso de los Diputados (www.congreso.es) o del
Senado (www.senado.es). Igualmente, podrá recogerse gratuitamente en
cualquiera de las dos Cámaras.
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