Conselleria d’Educació. ORDE de 23 de desembre de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es regulen les proves homologades per a l’obtenció del Certificat de Nivell Bàsic de les llengües alemany, francès, anglès i italià, cursades per l’alumnat d’Educació Secundària i Formació Professional de la Comunitat Valenciana. [2010/134]
ORDEN de 23 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan las pruebas homologadas para la obtención del Certificado de Nivel Básico de las lenguas alemán, francés, inglés e italiano, cursadas por el alumnado de Educación Secundaria y Formación Profesional de la Comunitat Valenciana. [2010/134]
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. El objeto de la presente orden es regular la prueba homologada para la obtención del certificado de Nivel Básico de alemán, francés, inglés e italiano por parte del alumnado que cursa Educación Secundaria y Formación Profesional, así como establecer el procedimiento para el desarrollo de dicha prueba.
2. La Orden será de aplicación a la totalidad de los centros docentes públicos y privados de la Comunitat Valenciana debidamente autorizados para impartir Educación Secundaria y Formación Profesional.
Requisitos de participación.- 1. Para participar en la prueba homologada del Nivel Básico será requisito imprescindible tener, al menos, dieciséis años cumplidos en el año natural en que se celebre la prueba y estar matriculado en un centro docente de la Comunitat Valenciana en el año de realización de la mencionada prueba en alguna de las enseñanzas de Educación Secundaria o Formación Profesional.
2. La participación en esta prueba homologada no impedirá que el alumno o alumna pueda presentarse a la prueba de certificación regulada a través de la Orden de 10 de marzo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula la prueba de certificación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV 26 de marzo de 2008), en el caso de haber sido declarado no apto.
Estructura de la prueba .- 1. La prueba homologada será elaborada por cada uno de los departamentos de idiomas extranjeros existentes en cada centro docente (alemán, francés, inglés o italiano), siguiendo las especificaciones dictadas por la Conselleria competente en materia de Educación a través de la Comisión Mixta a la que se hace referencia en el artículo 10 de la presente orden. La coordinación corresponderá al jefe o jefa de departamento o a quien tenga atribuida sus funciones.
2. El contenido de la prueba homologada para cada uno de los idiomas se ajustará al nivel A2 del Consejo de Europa, según se define este nivel en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
3. El currículo para cada uno de los idiomas será el establecido en el Anexo Único del Decreto 155/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el cual se regulan las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana y se establece el currículum del nivel básico y del nivel intermedio.
4. La prueba homologada se articulará en cuatro destrezas: comprensión escrita (CE), comprensión oral (CO), expresión escrita (EE) y expresión oral (EO).
Solicitudes y plazos de admisión.- 1. Los alumnos y las alumnas presentarán la solicitud de participación en la prueba homologada en la secretaría del centro docente en el que están matriculados.
2. El plazo para la presentación de solicitudes de participación comprenderá los cinco primeros días lectivos del mes de febrero.[del 1 al 5 de FEBRERO de 2010, a.i.]
Lugar y fecha de realización de la prueba.- 1. La prueba homologada se realizará a lo largo de la última semana del mes de febrero en el mismo centro en que los alumnos y alumnas estén matriculados.
2. Con anterioridad al día 10 de marzo, los centros docentes comunicarán las calificaciones obtenidas por los alumnos y las alumnas.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Cada centro docente determinará el calendario de realización de la prueba homologada correspondiente al curso académico 2009-2010, respetando –en todo caso-, los siguientes plazos:
Comienzo del proceso de participación: 1 de febrero de 2010.
Realización de la prueba homologada: hasta el día 22 de marzo de 2010.
Comunicación de calificaciones: hasta el 31 de marzo de 2010.
Remisión a la dirección territorial competente en materia de Educación del informe estadístico acerca de los resultados obtenidos por el alumnado en la prueba homologada: antes del 30 de abril de 2010.
ORDEN de 23 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan las pruebas homologadas para la obtención del Certificado de Nivel Básico de las lenguas alemán, francés, inglés e italiano, cursadas por el alumnado de Educación Secundaria y Formación Profesional de la Comunitat Valenciana. [2010/134]
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. El objeto de la presente orden es regular la prueba homologada para la obtención del certificado de Nivel Básico de alemán, francés, inglés e italiano por parte del alumnado que cursa Educación Secundaria y Formación Profesional, así como establecer el procedimiento para el desarrollo de dicha prueba.
2. La Orden será de aplicación a la totalidad de los centros docentes públicos y privados de la Comunitat Valenciana debidamente autorizados para impartir Educación Secundaria y Formación Profesional.
Requisitos de participación.- 1. Para participar en la prueba homologada del Nivel Básico será requisito imprescindible tener, al menos, dieciséis años cumplidos en el año natural en que se celebre la prueba y estar matriculado en un centro docente de la Comunitat Valenciana en el año de realización de la mencionada prueba en alguna de las enseñanzas de Educación Secundaria o Formación Profesional.
2. La participación en esta prueba homologada no impedirá que el alumno o alumna pueda presentarse a la prueba de certificación regulada a través de la Orden de 10 de marzo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula la prueba de certificación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV 26 de marzo de 2008), en el caso de haber sido declarado no apto.
Estructura de la prueba .- 1. La prueba homologada será elaborada por cada uno de los departamentos de idiomas extranjeros existentes en cada centro docente (alemán, francés, inglés o italiano), siguiendo las especificaciones dictadas por la Conselleria competente en materia de Educación a través de la Comisión Mixta a la que se hace referencia en el artículo 10 de la presente orden. La coordinación corresponderá al jefe o jefa de departamento o a quien tenga atribuida sus funciones.
2. El contenido de la prueba homologada para cada uno de los idiomas se ajustará al nivel A2 del Consejo de Europa, según se define este nivel en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
3. El currículo para cada uno de los idiomas será el establecido en el Anexo Único del Decreto 155/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el cual se regulan las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana y se establece el currículum del nivel básico y del nivel intermedio.
4. La prueba homologada se articulará en cuatro destrezas: comprensión escrita (CE), comprensión oral (CO), expresión escrita (EE) y expresión oral (EO).
Solicitudes y plazos de admisión.- 1. Los alumnos y las alumnas presentarán la solicitud de participación en la prueba homologada en la secretaría del centro docente en el que están matriculados.
2. El plazo para la presentación de solicitudes de participación comprenderá los cinco primeros días lectivos del mes de febrero.[del 1 al 5 de FEBRERO de 2010, a.i.]
Lugar y fecha de realización de la prueba.- 1. La prueba homologada se realizará a lo largo de la última semana del mes de febrero en el mismo centro en que los alumnos y alumnas estén matriculados.
2. Con anterioridad al día 10 de marzo, los centros docentes comunicarán las calificaciones obtenidas por los alumnos y las alumnas.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Cada centro docente determinará el calendario de realización de la prueba homologada correspondiente al curso académico 2009-2010, respetando –en todo caso-, los siguientes plazos:
Comienzo del proceso de participación: 1 de febrero de 2010.
Realización de la prueba homologada: hasta el día 22 de marzo de 2010.
Comunicación de calificaciones: hasta el 31 de marzo de 2010.
Remisión a la dirección territorial competente en materia de Educación del informe estadístico acerca de los resultados obtenidos por el alumnado en la prueba homologada: antes del 30 de abril de 2010.
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