MINISTERIO DE CULTURA. 1005. Orden CUL/3699/2009, de 22 de diciembre, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, escritas en castellano y otras lenguas cooficiales distintas del castellano, correspondientes al año 2010.
Objeto y finalidad.–Mediante la presente orden, se convocan para el año 2010, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas, escritas en castellano y otras lenguas cooficiales distintas del castellano, pertenecientes al ámbito de la cultura, entendiéndose por ello las dedicadas a las siguientes materias:
Literatura y Lingüística.
Artes Plásticas y Escénicas, música y cinematografía.
Historia, geografía, arquitectura, arqueología y artes populares.
Filosofía y ciencias sociales.
El objeto de estas subvenciones es el fomento y difusión de las revistas culturales españolas de proyección nacional, mediante la difusión gratuita en las principales bibliotecas, centros culturales y universidades dependientes de la Administración del Estado en sus diferentes niveles, con la doble finalidad de enriquecer el patrimonio cultural hemerográfico de los citados entes y fomentar y favorecer la cohesión y comunicación cultural entre las comunidades autónomas, contribuyendo al mantenimiento de dichas publicaciones. Esta convocatoria se destina exclusivamente a los números a editar durante el año 2010.
Beneficiarios.- 1. Podrán solicitar estas subvenciones las empresas e instituciones sin fines de lucro editoras de revistas de cultura, españolas o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, presenten proyectos que cumplan los requisitos indicados en el apartado quinto siguiente. En el caso de las instituciones sin fines de lucro, podrán tener un ámbito estatutario nacional o internacional.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 23 de ENERO al 16 de FEBRERO de 2010, a.i.]
Dicho plazo no podrá ser ampliado, según previene el artículo 71.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC).
2. Las solicitudes deberán dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio de Cultura, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la LRJPAC.
Asimismo los interesados, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través del registro telemático de la página web del Ministerio de Cultura, utilizado para ello la aplicación informática disponible en la dirección http://www.mcu.es/registro
Objeto y finalidad.–Mediante la presente orden, se convocan para el año 2010, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas, escritas en castellano y otras lenguas cooficiales distintas del castellano, pertenecientes al ámbito de la cultura, entendiéndose por ello las dedicadas a las siguientes materias:
Literatura y Lingüística.
Artes Plásticas y Escénicas, música y cinematografía.
Historia, geografía, arquitectura, arqueología y artes populares.
Filosofía y ciencias sociales.
El objeto de estas subvenciones es el fomento y difusión de las revistas culturales españolas de proyección nacional, mediante la difusión gratuita en las principales bibliotecas, centros culturales y universidades dependientes de la Administración del Estado en sus diferentes niveles, con la doble finalidad de enriquecer el patrimonio cultural hemerográfico de los citados entes y fomentar y favorecer la cohesión y comunicación cultural entre las comunidades autónomas, contribuyendo al mantenimiento de dichas publicaciones. Esta convocatoria se destina exclusivamente a los números a editar durante el año 2010.
Beneficiarios.- 1. Podrán solicitar estas subvenciones las empresas e instituciones sin fines de lucro editoras de revistas de cultura, españolas o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, presenten proyectos que cumplan los requisitos indicados en el apartado quinto siguiente. En el caso de las instituciones sin fines de lucro, podrán tener un ámbito estatutario nacional o internacional.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 23 de ENERO al 16 de FEBRERO de 2010, a.i.]
Dicho plazo no podrá ser ampliado, según previene el artículo 71.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC).
2. Las solicitudes deberán dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio de Cultura, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la LRJPAC.
Asimismo los interesados, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través del registro telemático de la página web del Ministerio de Cultura, utilizado para ello la aplicación informática disponible en la dirección http://www.mcu.es/registro
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