viernes, 15 de enero de 2010

6 becas de prácticas profesionales de postgraduados para completar la formación en materia de distribución comercial, para el ejercicio 2010.

Conselleria d’Indústria, Comerç i Innovació. ORDRE de 29 de desembre de 2009, de la Conselleria d’Indústria, Comerç i Innovació, per la qual es convoquen beques de pràctiques professionals de postgraduats per a completar la formació en matèria de distribució comercial, per a l’exercici 2010. [2010/62]
ORDEN de 29 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se convocan becas de prácticas profesionales de postgraduados para completar la formación en materia de distribución comercial, para el ejercicio 2010. [2010/62]
Objeto de la convocatoria.- El objeto de la presente orden es convocar seis becas de prácticas profesionales para postgraduados universitarios, con el fin de completar y desarrollar su formación mediante la realización de prácticas profesionales en materia de distribución comercial, dentro del ámbito competencial de la Generalitat.
ANEXO - Bases de la convocatoria para la concesión de seis becas de prácticas profesionales de postgraduados para completar la formación en materia de distribución comercial, para el ejercicio 2010.
Objeto de la convocatoria.-
1. El objeto de la presente orden es convocar seis becas de prácticas profesionales para postgraduados universitarios en las licenciaturas de Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Administración y Dirección de Empresas, Investigación y Técnicas de Mercado, Ciencias y Técnicas Estadísticas, Psicología, Sociología, Ciencias Políticas y de la administración, Ciencias de la Información, Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas, Geografía y Arquitectura, con el fin de completar y desarrollar su formación académica mediante la realización de prácticas profesionales en materia de distribución comercial, dentro del ámbito competencial de la Generalitat.
2. Las becas se desarrollarán en el Área de Comercio de la Dirección General de Comercio y Consumo en Valencia.
3. El régimen de las becas será el que se determina en las bases siguientes y en el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
4. La tutoría de las becas para la coordinación y orientación de la actividad a desempeñar será realizada por la Jefatura del Área de Comercio de la Dirección General de Comercio y Consumo, que asignará las funciones a realizar en el curso de sus prácticas, realizará el seguimiento y apoyo necesario, resolviendo las dudas que puedan surgir, y evaluará su aprovechamiento.
Requisitos de los solicitantes.- 1. Podrán optar a la concesión de las becas de esta orden quienes cumplan los siguientes requisitos:
a) No ser mayor de 35 años
b) Estar en posesión del título oficial en alguna de las licenciaturas que se relacionan en la base primera apartado 1 de la presente orden, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización.
c) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses, a contar desde el 9 de septiembre de 2009.
e) Disponer de cobertura sanitaria.
f) Nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea.
g) Ser desempleado.
2. Los solicitantes deberán reunir los requisitos y condiciones de la presente convocatoria al término del plazo de presentación de las solicitudes.
Duración y prórroga.- 1. El período de duración de la beca comprenderá desde la fecha que marque la resolución de concesión, fecha que no podrá ser anterior al 1 de abril de 2010, y finalizará el 31 de diciembre de 2010.
2. El período de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de 12 meses adicionales.
Dotación económica.- 1. La cuantía inicial de la beca se fija para cada una de ellas en mil euros (1.000,00 €) como importe total bruto mensual.
Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 16 de ENERO al 2 de FEBRERO 2010, a.i.]
3. La solicitud se realizará utilizando el modelo normalizado del Anexo I del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en Internet (www.gva.es ) y en cualquier oficina PROP.

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