Conselleria d’Economia, Hisenda i Ocupació. ORDRE de 22 de desembre de 2009, del conseller d’Economia,
Hisenda i Ocupació i vicepresident segon del Consell, per la qual es convoquen tres beques per a postgraduats per a la realització de pràctiques professionals en matèria tributària. [2009/14894]
ORDEN de 22 de diciembre de 2009, del conseller de Economía, Hacienda y Empleo y vicepresidente segundo del Consell, por la que se convocan tres becas para postgraduados para la realización de prácticas profesionales en materia tributaria. [2009/14894]
Objeto.- La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo convoca tres becas para postgraduados en la especialidad de Derecho al objeto de completar su formación práctica en materia de tributos gestionados por la Generalitat. Las becas se regirán por lo que dispone esta orden y el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
Beneficiarios.- 1. Podrán optar a la obtención de estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea.
b) Eestar en posesión del título de licenciatura en Derecho expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes.
c) No padecer enfermedad o discapacidad que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones.
d) No ser mayor de 35 años.
e) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual i superior a 36 meses.
Duración.- El período de duración de las becas será de doce meses y comenzará el primer día del mes siguiente a aquel en que se realice la adjudicación.
El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell.
Dotación.- Las becas estarán dotadas con una cuantía inicial de 1.000,00 euros mensuales cada una, con un importe total máximo de 12.000,00 euros cada una de ellas.
Lugar de las prácticas.- Los becarios realizarán los estudios y actividades tendentes a completar su formación académica que les sean encomendados por la Dirección General de Tributos. Dicha formación se desarrollará en Valencia.
Solicitudes y plazo.- Las solicitudes recogerán, además de los datos del artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la dirección, el e-mail y teléfono de la persona interesada, ajustándose al impreso citado en el siguiente párrafo.
Los impresos de solicitud (Anexo) estarán a disposición de las personas interesadas en el Registro General de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, (C/ Palau, 12 de Valencia). Los candidatos deberán presentarlo en el mismo Registro General o tramitarlo por cualquiera de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cumplimentando la documentación relacionada en el artículo siguiente de la presente orden.
El plazo de presentación será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 15 de ENERO al 1 de FEBERO 2010, a.i.]
Hisenda i Ocupació i vicepresident segon del Consell, per la qual es convoquen tres beques per a postgraduats per a la realització de pràctiques professionals en matèria tributària. [2009/14894]
ORDEN de 22 de diciembre de 2009, del conseller de Economía, Hacienda y Empleo y vicepresidente segundo del Consell, por la que se convocan tres becas para postgraduados para la realización de prácticas profesionales en materia tributaria. [2009/14894]
Objeto.- La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo convoca tres becas para postgraduados en la especialidad de Derecho al objeto de completar su formación práctica en materia de tributos gestionados por la Generalitat. Las becas se regirán por lo que dispone esta orden y el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
Beneficiarios.- 1. Podrán optar a la obtención de estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea.
b) Eestar en posesión del título de licenciatura en Derecho expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes.
c) No padecer enfermedad o discapacidad que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones.
d) No ser mayor de 35 años.
e) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual i superior a 36 meses.
Duración.- El período de duración de las becas será de doce meses y comenzará el primer día del mes siguiente a aquel en que se realice la adjudicación.
El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell.
Dotación.- Las becas estarán dotadas con una cuantía inicial de 1.000,00 euros mensuales cada una, con un importe total máximo de 12.000,00 euros cada una de ellas.
Lugar de las prácticas.- Los becarios realizarán los estudios y actividades tendentes a completar su formación académica que les sean encomendados por la Dirección General de Tributos. Dicha formación se desarrollará en Valencia.
Solicitudes y plazo.- Las solicitudes recogerán, además de los datos del artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la dirección, el e-mail y teléfono de la persona interesada, ajustándose al impreso citado en el siguiente párrafo.
Los impresos de solicitud (Anexo) estarán a disposición de las personas interesadas en el Registro General de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, (C/ Palau, 12 de Valencia). Los candidatos deberán presentarlo en el mismo Registro General o tramitarlo por cualquiera de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cumplimentando la documentación relacionada en el artículo siguiente de la presente orden.
El plazo de presentación será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 15 de ENERO al 1 de FEBERO 2010, a.i.]
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