MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. 1443. Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas para el año 2010, a las Asociaciones / Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio. Objeto de la Resolución.–Por la presente disposición se aprueba para el año 2010 la convocatoria de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a las Asociaciones/ Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio en virtud de lo establecido en la Orden ITC/3690/2005 de 22 de Noviembre, modificada por Orden ITC/577/2007, de 6 de marzo.
Finalidad.–Las subvenciones destinadas a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores persiguen contribuir al desarrollo, concentración y consolidación de las mismas, de manera que puedan ejercer de manera eficaz, funciones tales como las de interlocución ante la Administración General del Estado, capacidad de representación, defensa de los intereses comerciales sectoriales en el ámbito internacional, canalización de la información sobre normativa comercial entre sus asociados así como facilitar el acceso de sus miembros a los mercados exteriores.
Requisitos para solicitar la subvención.–Solamente podrán optar a esta convocatoria de ayudas, las Asociaciones o Federaciones españolas de Exportadores que hayan sido reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaria de Estado de Comercio.
Plazo de presentación de solicitudes y documentos que deben acompañarse.– La presentación de las solicitudes para la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria, se efectuará en el plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de dicha convocatoria*. [del 6 de FEBRERO al 7 de MARZO de 2010, a.i.]
La solicitud se elaborará conforme al modelo «Solicitud de Subvención para Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores. Año 2010» habilitado al efecto por la Secretaría General de Comercio Exterior, que constituye el Anexo A de esta Resolución, en el que se formulará la petición de ayuda para cofinanciar los gastos de funcionamiento y en su caso, de ayuda jurídica, de la Asociación/Federación correspondiente, en el ejercicio 2010.
Dicho modelo está accesible a través de las respectivas páginas web de la Secretaría de Estado de Comercio, http://www.comercio.mityc.es y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, http://www.mityc.es/ , donde se encuentran disponibles, a su vez, las instrucciones para su cumplimentación.
Entrada en vigor.–La presente resolución entrará en vigor a los siete días* de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».*(6 de FEBRERO de 2010).
Finalidad.–Las subvenciones destinadas a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores persiguen contribuir al desarrollo, concentración y consolidación de las mismas, de manera que puedan ejercer de manera eficaz, funciones tales como las de interlocución ante la Administración General del Estado, capacidad de representación, defensa de los intereses comerciales sectoriales en el ámbito internacional, canalización de la información sobre normativa comercial entre sus asociados así como facilitar el acceso de sus miembros a los mercados exteriores.
Requisitos para solicitar la subvención.–Solamente podrán optar a esta convocatoria de ayudas, las Asociaciones o Federaciones españolas de Exportadores que hayan sido reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaria de Estado de Comercio.
Plazo de presentación de solicitudes y documentos que deben acompañarse.– La presentación de las solicitudes para la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria, se efectuará en el plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de dicha convocatoria*. [del 6 de FEBRERO al 7 de MARZO de 2010, a.i.]
La solicitud se elaborará conforme al modelo «Solicitud de Subvención para Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores. Año 2010» habilitado al efecto por la Secretaría General de Comercio Exterior, que constituye el Anexo A de esta Resolución, en el que se formulará la petición de ayuda para cofinanciar los gastos de funcionamiento y en su caso, de ayuda jurídica, de la Asociación/Federación correspondiente, en el ejercicio 2010.
Dicho modelo está accesible a través de las respectivas páginas web de la Secretaría de Estado de Comercio, http://www.comercio.mityc.es y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, http://www.mityc.es/ , donde se encuentran disponibles, a su vez, las instrucciones para su cumplimentación.
Entrada en vigor.–La presente resolución entrará en vigor a los siete días* de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».*(6 de FEBRERO de 2010).
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