MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. 506. Resolución de 16 de diciembre de 2009, de la Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas por la que se hace pública la convocatoria de una ayuda para personal investigador en formación, en el Marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i), para el periodo 2008-2011.
I. OBJETO Y CONDICIONES DE LA AYUDA
Objeto.– El objeto de la presente resolución es regular la convocatoria para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de una ayuda para la formación del personal investigador de aquellos titulados superiores universitarios que deseen realizar un trabajo de investigación en el tema que se detalla en el Anexo I de esta Resolución.
Requisitos de los solicitantes.– Para optar a la ayuda de personal investigador en formación convocada por la presente Resolución, serán necesarios los siguientes requisitos, que deberán cumplirse a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el periodo de duración de la misma:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda.
b) Cumplir todos los requisitos necesarios para la obtención del título requerido en el Anexo I. La fecha de finalización de dichos estudios superiores deberá ser posterior a enero de 2006.
También podrán presentar su solicitud los titulados universitarios cuya fecha de fin estudios sea posterior a enero de 2002 y que acrediten que, entre esta fecha y 1 de enero de 2006, se hayan dedicado a la atención y al cuidado de hijos menores de seis años.
Dotación y pago de las ayudas.– El pago de la ayuda al investigador beneficiario se realizará mensualmente y en función del número de días que esté de alta, considerándose en todos los casos meses de 30 días. La cuantía de la ayuda será de 1.666,00 euros mensuales brutos.
Características y duración de las ayudas.–La duración del periodo de esta ayuda será de un máximo de 24 meses, computados desde la fecha de su incorporación al CIEMAT, extinguiéndose por el transcurso de este tiempo máximo.
El plazo del apartado anterior se verá incrementado en caso de interrupción autorizada, conforme al apartado noveno de la presente Resolución, por el tiempo máximo que abarquen dichas interrupciones.
En todo caso, la Resolución que autorice la interrupción temporal del disfrute de la ayuda establecerá los nuevos plazos, a efectos del presente apartado.
II. INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS AYUDAS
Instrucción.–El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Dirección General del CIEMAT y se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Formalización de solicitudes.– El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del CIEMAT o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director general del CIEMAT (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid).
El tablón de anuncios del CIEMAT (avenida Complutense, número 22, Madrid), así como en la dirección de Internet: http://www.ciemat.es/ .
ANEXO I
Departamento / Tema ayuda / Titulación exigida / Conocimientos específicos
Fusión. Tema 1. Ingeniería de Subsistemas de ITER. Ingeniero Superior.
Se valorarán conocimientos de:
Ingeniería mecánica.
Trabajos sobre cálculo y diseño de componentes mecánicos de fusión, incluidos los desarrollados durante la carrera.
Cálculos por elementos finitos (ANSYS).
Inglés.
I. OBJETO Y CONDICIONES DE LA AYUDA
Objeto.– El objeto de la presente resolución es regular la convocatoria para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de una ayuda para la formación del personal investigador de aquellos titulados superiores universitarios que deseen realizar un trabajo de investigación en el tema que se detalla en el Anexo I de esta Resolución.
Requisitos de los solicitantes.– Para optar a la ayuda de personal investigador en formación convocada por la presente Resolución, serán necesarios los siguientes requisitos, que deberán cumplirse a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el periodo de duración de la misma:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda.
b) Cumplir todos los requisitos necesarios para la obtención del título requerido en el Anexo I. La fecha de finalización de dichos estudios superiores deberá ser posterior a enero de 2006.
También podrán presentar su solicitud los titulados universitarios cuya fecha de fin estudios sea posterior a enero de 2002 y que acrediten que, entre esta fecha y 1 de enero de 2006, se hayan dedicado a la atención y al cuidado de hijos menores de seis años.
Dotación y pago de las ayudas.– El pago de la ayuda al investigador beneficiario se realizará mensualmente y en función del número de días que esté de alta, considerándose en todos los casos meses de 30 días. La cuantía de la ayuda será de 1.666,00 euros mensuales brutos.
Características y duración de las ayudas.–La duración del periodo de esta ayuda será de un máximo de 24 meses, computados desde la fecha de su incorporación al CIEMAT, extinguiéndose por el transcurso de este tiempo máximo.
El plazo del apartado anterior se verá incrementado en caso de interrupción autorizada, conforme al apartado noveno de la presente Resolución, por el tiempo máximo que abarquen dichas interrupciones.
En todo caso, la Resolución que autorice la interrupción temporal del disfrute de la ayuda establecerá los nuevos plazos, a efectos del presente apartado.
II. INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS AYUDAS
Instrucción.–El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Dirección General del CIEMAT y se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Formalización de solicitudes.– El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del CIEMAT o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director general del CIEMAT (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid).
El tablón de anuncios del CIEMAT (avenida Complutense, número 22, Madrid), así como en la dirección de Internet: http://www.ciemat.es/ .
ANEXO I
Departamento / Tema ayuda / Titulación exigida / Conocimientos específicos
Fusión. Tema 1. Ingeniería de Subsistemas de ITER. Ingeniero Superior.
Se valorarán conocimientos de:
Ingeniería mecánica.
Trabajos sobre cálculo y diseño de componentes mecánicos de fusión, incluidos los desarrollados durante la carrera.
Cálculos por elementos finitos (ANSYS).
Inglés.
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