Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación.
Bases comunes
En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, del 27).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad: www.mineco.es; y en la de los organismos públicos de investigación: www.ciemat.es; www.csic.es; www.inia.es; www.isciii.es; www.ieo.es y www.inta.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, código 6151 por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1 plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.1 La distribución por especialidades de las 19 plazas convocadas por el turno general es la siguiente:
Tribunal/perfil/destino
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Organismo
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Número
de plazas
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---|---|---|---|
1. Fonética general.
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CSIC: Instituto de Lengua, Literatura y Antropología.
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CSIC
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1
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2. Historia medieval y patrimonio documental de Galicia.
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CSIC: Instituto de Estudios Gallegos Padre Sarmiento.
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CSIC
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1
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3. Biología de especies de interés pesquero.
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CSIC: instituto de Ciencias del Mar.
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CSIC
|
1
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4. Aproximaciones teóricas y computacionales a la ecología.
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CSIC: Centro de Estudios Avanzados de Blanes.
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CSIC
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1
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5. Biotecnología de cítricos.
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CSIC: Instituto de Biología Molecular y Celular de Plantas Primo Yufera.
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CSIC
|
1
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6. Polifenoles de alimentos y salud.
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CSIC: Instituto de Ciencias de la Vid y del Vino.
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CSIC
|
1
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7. Química combinatoria y nanomedicina.
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CSIC: Instituto de Química Avanzada de Cataluña.
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CSIC
|
1
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8. Aplicaciones energéticas de la biomasa y procesos de conversión termoquímica.
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CIEMAT.
|
CIEMAT
|
1
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9. Astrofísica Experimental de Partículas.
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CIEMAT.
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CIEMAT
|
1
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10. Teoría en Plasmas de Fusión.
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CIEMAT.
|
CIEMAT
|
1
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11. Sistemas microbianos aplicados a la producción ganadera sostenible.
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INIA.
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INIA
|
1
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12. Sistemas microbianos aplicados a la funcionalidad del suelo para una agricultura sostenible.
|
INIA.
|
INIA
|
1
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13. Biodiversidad planctónica y procesos biogeoquímicos marinos.
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IEO.
|
IEO
|
1
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14. Ecología marina, oceanografía, pesquerías y cultivos marinos.
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IEO.
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IEO
|
1
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15. Acústica submarina.
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IEO.
|
IEO
|
1
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16. Investigación en Cuidados de Salud y Enfermería.
16. Investigación en Instalaciones de Alta Seguridad Biológica y Bioseguridad.
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ISCIII.
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ISCIII
|
1
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1
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17. Instrumentación Espacial para Exploración del Cosmos.
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INTA.
|
INTA
|
2
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1.2 La plaza que se convoca por el cupo de reserva para personas con discapacidad corresponde a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y quienes participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por cualquiera de los perfiles indicados para las plazas convocadas para dicha Agencia por el turno general.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general del mismo perfil por el que hayan participado en el cupo de reserva para personas con discapacidad.
La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad, no se acumulará a las de acceso general.
1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el Organismo a que corresponda la misma podrá proponer, al Órgano convocante, que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para perfil distinto perteneciente al mismo Organismo.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
3. Requisitos de los aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo las personas solicitantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
3.1 Nacionalidad:
Tener la nacionalidad española.
Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estado miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
3.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener el título de doctor cuando hubiera resultado aprobado para dicho grado tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.
3.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicios de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempañaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
4. Solicitudes
4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.
4.2 Las solicitudes se presentaran en papel o vía electrónica.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
1. Inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud.
3. Pago telemático de las tasas.
4. Registro electrónico de la solicitud.
En las solicitudes cumplimentadas por vía telemática, la documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.6 y 4.7, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Las solicitudes en soporte papel se cumplimentaran en el modelo oficial (administracion.gob.es/PAG/modelo790) y deberán presentarse en el Registro General del organismo al que corresponde la especialidad: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 40, 28040 Madrid); de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (calle Serrano, 117, 28006 Madrid), del Instituto Nacional de Investigación y Tecnologías Agrarias y Alimentarias (INIA) (carretera A Coruña, kilómetro 5, 28040 Madrid); del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) (avenida de Monforte de Lemos, número 5, 28029 Madrid), del Instituto Español de Oceanografía (IEO) (calle Corazón de María, número 8, 28002 Madrid), y en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) [carretera de Ajalvir, kilómetro 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid)]; o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3 Pago de la tasa de los derechos de examen.
Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
4.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 21 de diciembre de 2016 al 18 de enero de 20127, a.i.} La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud, en la cual deberá incluirse también un solo perfil y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles o la falta de reflejo en la misma de un perfil concreto supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.
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