TextoES: BDNS(Identif.):327273
De conformidad con lo previsto en los Artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios: Como requisitos de los Ayuntamientos para ser beneficiarios figuran el no exceder la población del municipio de 50.000 habitantes, ser titular del inmueble en el que se ubique la instalación cultural y no ser beneficiario de ayuda económica de la anterior convocatoria de que se trata.
Segundo. Finalidad: Subvencionar inversiones en equipamiento de sus instalaciones culturales no siendo subvencionables las adquisiciones de equipamiento no inventariable.
Tercero: Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria
Cuarto.- Cuantía. La dotación económica es de 196.000,00 euros que se imputará con cargo a la Aplicación 21.3331.7620200 del presupuesto de 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán, ajustadas al modelo que figura en el ANEXO de las Bases, en el plazo de un mes a contar del día siguiente hábil al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 249 de 30/12/2016 ] {del 31 de desembre de 2016 al 30 de gener de 2017, a.i.}. Si el último día del plazo fuere sábado o festivo, se trasladará al siguiente hábil.
De conformidad con lo previsto en los Artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios: Como requisitos de los Ayuntamientos para ser beneficiarios figuran el no exceder la población del municipio de 50.000 habitantes, ser titular del inmueble en el que se ubique la instalación cultural y no ser beneficiario de ayuda económica de la anterior convocatoria de que se trata.
Segundo. Finalidad: Subvencionar inversiones en equipamiento de sus instalaciones culturales no siendo subvencionables las adquisiciones de equipamiento no inventariable.
Tercero: Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria
Cuarto.- Cuantía. La dotación económica es de 196.000,00 euros que se imputará con cargo a la Aplicación 21.3331.7620200 del presupuesto de 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán, ajustadas al modelo que figura en el ANEXO de las Bases, en el plazo de un mes a contar del día siguiente hábil al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 249 de 30/12/2016 ] {del 31 de desembre de 2016 al 30 de gener de 2017, a.i.}. Si el último día del plazo fuere sábado o festivo, se trasladará al siguiente hábil.
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