Bases comunes
En todo aquello que no contradiga lo dispuesto
en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen
Jurídico del Sector Público respectivamente, las bases comunes por las
que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden
APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm.
284, de 27 de noviembre de 2007).
Bases específicas
1. Aplicación
Las bases específicas comunes de la
convocatoria a que se refiere esta Resolución se aplicarán a los
procesos previstos en la misma, sin perjuicio de las normas específicas
que vienen recogidas en los anexos correspondientes a cada uno de ellos.
...
Las normas específicas del proceso selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre figuran en el Anexo II.
5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en los procesos
selectivos deberán cumplimentar la solicitud de admisión a pruebas
selectivas, realizar el pago de la correspondiente tasa de derechos de
examen y presentar la solicitud en la forma establecida.
El modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791)
se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de
Internet www.agenciatributaria.es [«Sede electrónica/Procesos no
Tributarios/Empleo Público/Modelo 791.Empleo Público. Presentación de
instancias oposiciones (Trámites)»].
5.2 La presentación de solicitudes se realizará
por vía telemática con certificado electrónico o sin certificado
electrónico mediante clave PIN, a través de la Sede electrónica de la
Agencia Tributaria ubicada en la dirección de Internet citada en el
punto 5.1, sin perjuicio de lo establecido en el apartado Duodécimo.2 de
la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre. La presentación de
solicitudes se encuentra regulada en las Resoluciones de la Presidencia y
de la Dirección General de la Agencia Tributaria, de 18 y 21 de
septiembre de 2012 («BOE» de 28 de septiembre) respectivamente.
El plazo para realizar la presentación de
solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.{del 23 de diciembre de 2016 al 23 de enero de 2017, a.i.} La
solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
...
ANEXO II
Normas específicas del proceso selectivo para
el ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Superior de
Vigilancia Aduanera
1. Plazas.
El conjunto total de plazas a cubrir en el
Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera –Código 0007– por acceso libre
será de siete plazas distribuidas de la siguiente forma:
Tres para la Especialidad de Investigación.
Cuatro para la Especialidad de Navegación.
2. Requisitos.
Los aspirantes que opten a ingresar en el
Cuerpo objeto de esta convocatoria, deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta
el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además
de los requisitos enumerados en el apartado Noveno de la citada Orden
APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los siguientes:
2.1 Nacionalidad: Ser español.
2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
2.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título correspondiente a la especialidad a la que se aspire:
– Especialidad de Investigación: Título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado.
– Especialidad de Navegación: Título de
Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Ingeniería
Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Náutica y Transporte Marítimo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial
de homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en
el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones
de Derecho Comunitario.
2.4 Carecer de antecedentes penales.
2.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional
necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a
desempeñar.
2.6 Comprometerse a portar armas en el ejercicio
de sus funciones, en los términos en que se disponga por los
responsables de las Unidades en que presten servicios. Este compromiso
se prestará a través de declaración del solicitante.
2.7 Antes de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de las listas de aprobados de la fase de oposición
los aspirantes deberán, además, reunir los siguientes requisitos:
Para el acceso a la especialidad de
Investigación: Estar en posesión del permiso de conducir que, de acuerdo
con la normativa vigente en el momento de su exigencia, habilite para
la conducción de vehículos prioritarios cuando circulen en servicio
urgente. (BTP)
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