DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
- RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca procedimiento de nueva baremación de las listas de espera de aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad, en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.. Ver documento
- RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca procedimiento de nueva baremación de las listas de espera de aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad, en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.. Ver documento
Primero.- Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto iniciar el procedimiento de nueva baremación de listas de espera de aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad de los Cuerpos y especialidades que se enumeran en el anexo I.
Segundo.- Régimen Jurídico.
Al presente procedimiento le será de aplicación el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo del funcionariado docente no universitario por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios y la Orden ECD/586/2016, de 14 de junio, por la que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, permanencia y decaimiento de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario.
Tercero.- Participantes en el procedimiento de nueva baremación.
Serán sujetos de nueva baremación todos los integrantes de las listas de espera de los Cuerpos y Especialidades recogidas en el anexo I. La relación nominal de los integrantes convocados se publicará en la página web del Departamento, http://www.educaragon.org.
Su inclusión en dicha relación y en las listas que se publiquen al efecto durante la tramitación del procedimiento, estará supeditada al cumplimiento de los requisitos de permanencia a que hace referencia el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón y sus normas de desarrollo.
En el supuesto de que algún interesado considere que debiendo figurar en alguna de las listas no se encuentra incluido, deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para su comprobación. En caso de no estar conforme con alguno de los datos señalados en la relación nominal de aspirantes convocados, podrá consignar en la propia solicitud los datos que a su juicio deben ser corregidos. La tramitación de estas solicitudes quedará supeditada a la comprobación de los extremos alegados, que serán admitidos o inadmitidos en la resolución por la que se hagan públicos los listados provisionales de baremación a que hace referencia la Base séptima.
Cuarto.- Forma de participar.
Para participar en el procedimiento de nueva baremación, los interesados deberán presentar los siguientes documentos:
a) Solicitud de participación que, necesariamente, deberá obtener y cumplimentar por medios telemáticos, a través de la página web de este Departamento (http://www.educaragon.org). El acceso a la solicitud se realizará a través de la clave facilitada por la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado. El interesado presentará una única solicitud aún cuando estuviera incluido en varias listas.
b) Relación de méritos. Los aspirantes deberán alegar todos los méritos que posean, a excepción de los méritos que se recuperan en la propia solicitud y que ya constan en el registro de méritos de este Departamento.
En la propia solicitud, el participante podrá visualizar los méritos que ya constan en esta Administración, que se incorporarán directamente para su puntuación sin ser necesaria su justificación. Si los datos no fueran correctos o estuvieran incompletos deberán hacerlo constar en el apartado de observaciones adjuntando la correspondiente documentación.
c) Copia de los documentos justificativos de los nuevos méritos alegados, conforme señala la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. La Administración convocante podrá solicitar en cualquier momento los documentos originales de las copias aportadas por los participantes.
d) Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales. A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 26/2015, de 28 de julio, los aspirantes deberán, o aportar el certificado negativo del Registro, o autorizar a la Administración para que lo solicite en su nombre, marcando la respectiva casilla de la solicitud. Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996.
Quinto.- Plazo y lugar de presentación de la solicitud de participación.
El plazo de presentación de solicitudes y los documentos justificativos de los méritos alegados será el periodo comprendido entre los días 2 de diciembre de 2016 y 4 de enero de 2017, ambos inclusive.
La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y se presentará preferentemente en el registro de entrada del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, sito en la Avda. Ranillas, 5D o en los registros de entrada de los Servicios Provinciales del Departamento. En su defecto se presentará por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sólo tendrá validez una única solicitud. En el caso de presentarse dos o más, únicamente será válida la que hubiera sido registrada en último lugar.
Sexto.- Provincia de referencia.
Los participantes en este procedimiento que quieran cambiar de provincia de referencia a efectos de elección de destinos, deberán indicarlo en la solicitud en el apartado destinado al efecto. En caso de no hacerlo, se entenderá que se mantiene aquella que en su día señaló o le fue adjudicada.
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ANEXO I
Relación de Especialidades sujetas al proceso de Nueva Baremación de fecha 21/11/2016
Relación de Especialidades sujetas al proceso de Nueva Baremación de fecha 21/11/2016
Cuerpo _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Especialidad
0590 - PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
005 GEOGRAFIA E HISTORIA
006 MATEMATICAS
008 BIOLOGIA Y GEOLOGIA
009 DIBUJO
016 MUSICA
017 EDUCACION FISICA
018 ORIENTACIÓN EDUCATIVA
019 TECNOLOGIA
0593 CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
001 ACORDEON
030CONTRABAJO
039 FAGOT
050 HISTORIA DE LA MUSICA
052 MUSICA DE CAMARA
072 OBOE
074TROMBON
075 TROMPETA
076 TUBA
077 VIOLA
0594 PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
403 CANTO
404 CLARINETE
406 CONTRABAJO
408 FAGOT
410 FLAUTA TRAVESERA
411 FLAUTA DE PICO
412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICION
417 INSTRUMENTOS DE CUERDA PULSADA DEL RENACIMIENTO Y BARROCO
418 INSTRUMENTOS DE PUA
418 INSTRUMENTOS DE PUA
419 OBOE
420 ORGANO
422 PERCUSION
423 PIANO
424 SAXOFON
426 TROMBON
427 TROMPA
428 TROMPETA
431 VIOLA
433 VIOLIN
434 VIOLONCHELLO
420 ORGANO
422 PERCUSION
423 PIANO
424 SAXOFON
426 TROMBON
427 TROMPA
428 TROMPETA
431 VIOLA
433 VIOLIN
434 VIOLONCHELLO
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