Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre resolución de Alcaldía aprobando las bases del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de trabajadora/trabajador social.
ANUNCIO
Por Resolución de Alcaldía número 236/2017, de fecha 18 de enero, han sido aprobadas las bases para la constitución de una Bolsa de trabajo de Trabajador/ra social cuya parte resolutiva a continuación se transcribe:
“PRIMERO: Aprobar las bases para la constitución de una Bolsa de Trabajo de Trabajador/ra Social, que a continuación se transcriben: BASES DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TRABAJADORA/ TRABAJADOR SOCIAL.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.-- Es objeto de la presente convocatoria la formación de una Bolsa de Trabajo, por el sistema de Concurso, para seleccionar Trabajadores/as Sociales, para su provisión temporal en los supuestos de vacantes, sustitución y contingencias que afecten al personal con reserva de puesto de trabajo y otras necesidades de carácter temporal por causas legalmente establecidas, y que realizan sus funciones en el Departamento de Servicios Sociales, Centro Ocupacional de Requena, y cualquier otra que con respecto a dicha categoría se suscite. Dicha categoría profesional está encuadrada en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, Grupo A2, según lo establecido en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y disposición transitoria tercera de la misma.
1.2.- Las presentes bases se expondrán en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en la página Web del Ayuntamiento (www.requena.es).
1.3.- El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios Municipal. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento (www.requena.es), careciendo en este último caso de efectos jurídicos.
SEGUNDA.- REQUISITOS. 2.1.- Para tomar parte en el procedimiento selectivo que se convoca, los y las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley RDL 5/2015 por el que se aprueba el TREBEP.
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Bases para la constitución de una Bolsa de Trabajo de Trabajador/ra Social .
4. Estar en posesión del Titulo de Grado o Diplomatura en Trabajo Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial.
6. Certificación negativa emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 añadido al artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica al Menor.
7. Estar en posesión del carnet de Conducir tipo B.
2.- El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
TERCERA.- SOLICITUDES.
3.1.- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, en la que los y las aspirantes deberán hacer constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para tomar parte en la misma, y que se comprometen en su caso a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Requena, pudiéndose utilizar la instancia modelo que se facilitará en el servicio SAT del Ayuntamiento, presentándose en el Registro General de Entrada de éste, o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturales a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 25 de febrero al 6 de marzo de 2017, a.i.} La convocatoria deberá publicarse además, en la página web del Ayuntamiento.
3.1.- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, en la que los y las aspirantes deberán hacer constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para tomar parte en la misma, y que se comprometen en su caso a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Requena, pudiéndose utilizar la instancia modelo que se facilitará en el servicio SAT del Ayuntamiento, presentándose en el Registro General de Entrada de éste, o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturales a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 25 de febrero al 6 de marzo de 2017, a.i.} La convocatoria deberá publicarse además, en la página web del Ayuntamiento.
3.2.- A la instancia se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I. o en su caso pasaporte.
b) Justificante acreditativo del abono de las tasas por participación en el procedimiento selectivo de 10,40 euros , abono que deberá efectuarse en la cuenta restringida que a dicho fin tiene abierta esta Corporación en LA CAIXA”ES67 2100 7392 4322 0005 1615
c) Fotocopia del Título Académico.
d) Declaración jurada relativa a la no existencia de antecedentes penales sexuales según modelo.
e) Documentación acreditativa de los méritos alegados para su baremación en el Concurso según el Anexo I.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia