Ajuntament de Villena. BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO/A POR EL SISTEMA DE CONCURSO - OPOSICIÓN
bases específicas reguladoras de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Arquitecto/a del Ayuntamiento de Villena y constitución de Bolsa de Empleo.
El objeto de la convocatoria es recoger los criterios específicos que servirán para efectuar la selección de una plaza de Arquitecto/a, por el sistema selectivo de CONCURSO-OPOSICIÓN libre y la constitución de una Bolsa de Empleo.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA . 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario/a de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de 1 plaza de Arquitecto/a, vacante en la plantilla, e incluida en la oferta de empleo público del año 2017.
1.2. La plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, dotada con el sueldo correspondiente al Subgrupo A-1 de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en concordancia con su Disposición Transitoria Tercera.
1.3. Las funciones a desempeñar serán especialmente las siguientes:
El objeto de la convocatoria es recoger los criterios específicos que servirán para efectuar la selección de una plaza de Arquitecto/a, por el sistema selectivo de CONCURSO-OPOSICIÓN libre y la constitución de una Bolsa de Empleo.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA . 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario/a de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de 1 plaza de Arquitecto/a, vacante en la plantilla, e incluida en la oferta de empleo público del año 2017.
1.2. La plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, dotada con el sueldo correspondiente al Subgrupo A-1 de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en concordancia con su Disposición Transitoria Tercera.
1.3. Las funciones a desempeñar serán especialmente las siguientes:
1º) Informe y propuesta de nivel superior en los asuntos de la Oficina técnica de Urbanismo.
2º) Organización, control y supervisión del programa de trabajo del personal dependiente de la oficina Técnica, bajo la coordinación de carácter administrativo de su superior.
3º) Asistir a la Comisión informativa de Urbanismo como Asesor, así como a las reuniones a que se le convoque por sus superiores.
4º) Las demás tareas aprobadas en el Pleno de 28-12-2000 sobre Valoración de puestos de trabajo y las propias de la profesión.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para tomar parte en las pruebas selectivas de esta convocatoria se exigirá el cumplimiento de todos y cada uno de los siguientes requisitos (art. 56 TREBEP), referidos al día en que concluya el plazo de presentación de instancias:
• a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.
• a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.
• b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
• c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
• d) Estar en posesión del título de Arquitecto/a, título de Grado en Arquitectura más título oficial de máster universitario, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
• f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria.
Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.
QUINTA.- PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA Y SUS BASES. Las Bases de la presente convocatoria y Anexo a las mismas, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal www.Villena.es, publicándose un extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado. Los demás anuncios referentes a los procesos de la misma se publicarán en el BOPA, y a partir del comienzo de las pruebas selectivas, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento.
SEXTA.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES. 6.1. SOLICITUDES: Los/las interesados/as tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.villena.es.
6.2. PRESENTACIÓN: Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
6.3. PLAZO: Se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES. 6.1. SOLICITUDES: Los/las interesados/as tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.villena.es.
6.2. PRESENTACIÓN: Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
6.3. PLAZO: Se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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