viernes, 2 de marzo de 2018

se convocan pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española para el año 2018. Dirección General de la Marina Mercante.

Primero. Podrán participar en la presente convocatoria los ciudadanos nacionales, con un título de competencia regulados en el Capítulo II o III o VII del Convenio de Formación STCW, de los siguientes países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, que hayan obtenido su titulación profesional en algunos de ellos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia; y Suiza.
También podrán participar en la presente convocatoria los ciudadanos españoles y los ciudadanos de la Confederación Suiza que posean la mencionada titulación profesional, expedida igualmente en cualquier país del Espacio Económico Europeo.
Imagen relacionadaAsimismo y a los efectos del apartado 2 del artículo 2 de la Orden FOM/2285/2004, de 28 de junio, también podrán participar en esta convocatoria, los ciudadanos españoles que hayan obtenido la titulación profesional en la República de México, República Argentina, República de Chile, República del Perú, República de Cuba, República de Ecuador, República de Uruguay, Republica de Ghana, República Árabe de Egipto y Georgia.
Los interesados en participar en la prueba convocada formularán solicitud al efecto según el modelo del anexo I, y la presentarán en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima, o bien en los lugares indicados en el artículo 73, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Segundo. Junto a la solicitud (modelo anexo I) dirigida a la Dirección General de la Marina Mercante se acompañará:
a) Titulación profesional expedida por la Administración Marítima, en la que figure el refrendo internacional en vigor de conformidad con el Convenio STCW/78 Enmendado.
b) Una fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor, o el consentimiento expreso del interesado para que sus datos de identidad puedan ser consultados, todo ello en virtud de lo dispuesto en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre.
Tercero. Las pruebas se realizarán en los meses de abril, junio y septiembre de 2018, en las fechas indicadas en el anexo II.
Cuarto. Una vez finalizados los plazos de solicitud de matrícula, se harán públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos, pudiendo en el plazo de diez días subsanar las deficiencias los candidatos que hayan resultado excluidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las citadas listas se publicarán en la página web del Ministerio de Fomento-Áreas de Actividad-Marina Mercante (http://www.fomento.gob.es), junto con el lugar, fecha y hora señalada para la realización de las pruebas, a realizar en Madrid.
ANEXO II
Fechas de celebración de pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española
Marzo:
Inicio de matrícula: A partir del día siguiente a su publicación en el «BOE».
Cierre de matrícula: 14 de marzo de 2018.
Inicio de exámenes a partir de: 3 de abril de 2018.
Junio:
Inicio de matrícula: 17 de abril de 2018.
Cierre de matrícula: 17 de mayo de 2018.
Inicio de exámenes a partir de: 5 de junio de 2018.
Noviembre:
Inicio de matrícula: 18 de septiembre de 2018.
Cierre de matrícula: 18 de octubre de 2018.
Inicio de exámenes a partir de: 13 de noviembre de 2018.

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