- Extracto de la resolución de 24 de mayo de 2018, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada.
BDNS(Identif.):401492
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Organizaciones sindicales, las organizaciones y
agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro, y
las Entidades Locales.
Segundo. Finalidad.
La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones:
a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada agrícola.
b) Visita a los alojamientos de temporeros/as agrícolas y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos.
c) Asesoramiento e información sociolaboral a las
personas trabajadoras migrantes de campañas agrícolas de temporada en
relación con sus derechos y deberes derivados de su naturaleza.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ESS/1708/2012, de 20 de julio, publicada en
el BOE de 1 de agosto de 2012, modificada por la Orden ESS/378/2018, de
22 de marzo.
Cuarto. Importe.
Dotación total de la convocatoria: 1.720.795 €.
La cuantía máxima para cada actuación será la siguiente.
a) Organización y coordinación de las
contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de
temporada: cuantía unitaria de 50 € de coste por temporero/a; cuantía
máxima por solicitud, 90.000 €.
b) Visita a los alojamientos y elaboración de
informes sobre las condiciones de los mismos: cuantía unitaria de 300 €
de coste por alojamiento; cuantía máxima por solicitud, 90.000 € si se
realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 € si comprende una
sola Comunidad Autónoma.
c) Asesoramiento e información sociolaboral:
cuantía unitaria de 20 euros de coste por temporero/a: cuantía máxima
por solicitud, 90.000 €, si se realiza en más de una Comunidad Autónoma,
y 20.000 €, si comprende una sola Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 6 al 25 de junio de 2018, a.i.}
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