martes, 5 de junio de 2018

subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada. Dirección General de Migraciones

BDNS(Identif.):401492
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Organizaciones sindicales, las organizaciones y agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro, y las Entidades Locales.
Segundo. Finalidad.
La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones:
a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada agrícola.
b) Visita a los alojamientos de temporeros/as agrícolas y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos.
c) Asesoramiento e información sociolaboral a las personas trabajadoras migrantes de campañas agrícolas de temporada en relación con sus derechos y deberes derivados de su naturaleza.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ESS/1708/2012, de 20 de julio, publicada en el BOE de 1 de agosto de 2012, modificada por la Orden ESS/378/2018, de 22 de marzo.
Cuarto. Importe.
Dotación total de la convocatoria: 1.720.795 €.
La cuantía máxima para cada actuación será la siguiente.
a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada: cuantía unitaria de 50 € de coste por temporero/a; cuantía máxima por solicitud, 90.000 €.
b) Visita a los alojamientos y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos: cuantía unitaria de 300 € de coste por alojamiento; cuantía máxima por solicitud, 90.000 € si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 € si comprende una sola Comunidad Autónoma.
c) Asesoramiento e información sociolaboral: cuantía unitaria de 20 euros de coste por temporero/a: cuantía máxima por solicitud, 90.000 €, si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 €, si comprende una sola Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 6 al 25 de junio de 2018, a.i.}

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