Convocatoria de subvenciones destinadas a ONGD para financiar Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Anualidad 2012, de conformidad con las siguientes «BASES
La Diputación Provincial de Alicante, en cumplimiento de las directrices que contempla la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y haciendo propio el principio de solidaridad, dentro del marco de sus competencias, aprueba las siguientes Bases al objeto de facilitar e impulsar el progreso económico y social, duradero y sostenible de los países empobrecidos del mundo, promoviendo un desarrollo humano global, participativo y con equidad de género para contribuir, de este modo, a la erradicación de la pobreza en el mundo en todas sus manifestaciones.
Asimismo, la Diputación de Alicante se compromete, con esta actuación, en consonancia con los esfuerzos de la comunidad internacional, para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.Primera.- Objeto. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de concurrencia ordinaria, destinadas a Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), con sede o delegación permanente en la provincia de Alicante, para la cofinanciación de proyectos de cooperación al desarrollo que se realicen en países estructuralmente empobrecidos, y que permitan la mejora de las condiciones de vida de la población en general, y de los sectores con mayores necesidades en particular, a través de la movilización de los propios recursos.
No serán objeto de subvención las actuaciones que sean destinadas a ayuda humanitaria, alimentaria o médica de emergencia, ni las de carácter asistencial que no puedan asegurar su viabilidad cuando finalice la financiación externa.
Quedan expresamente excluidos de esta Convocatoria las Instituciones y Servicios dependientes de la Administración central, autonómica y local.
Octava.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de que el último día fuera sábado o inhábil*, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil, conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la LRJ-PAC.{del 18 de febrero al 20* de marzo de 2012, a.i.}
El lugar de presentación de las solicitudes será preferentemente en el Registro General de la Diputación de Alicante, sito en la calle Tucumán, número 8, (Alicante-03005), de lunes a viernes, y, alternativamente, en los lugares que establece el artículo 38.4 de la LRJ-PAC.
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