RESOLUCIÓ de 6 de febrer de 2013, de la Subsecretaria, per la qual es convoca la constitució de les borses de treball especifiques per a substitucions temporals, en llocs de treball del grup E, sector administració general, subaltern i vigilants, a la província de València. [2013/2633] (pdf 474KB)
RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2013 de la Subsecretaría, por la que se convoca la constitución de las bolsas de empleo especificas para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de grupo E, sector administración general, subalterno y vigilantes, en la provincia de Valencia. [2013/2633] (pdf 474KB)
RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2013 de la Subsecretaría, por la que se convoca la constitución de las bolsas de empleo especificas para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de grupo E, sector administración general, subalterno y vigilantes, en la provincia de Valencia. [2013/2633] (pdf 474KB)
Primero.1. Convocar la constitución de la bolsa de empleo temporal específica para sustituciones temporales en los puestos de trabajo correspondientes a la categoría del grupo E, sector administración general, subalternos y vigilantes con destino en la provincia de Valencia, que tengan por objeto la sustitución del personal por incapacidad temporal, permiso por maternidad, adopción o acogimiento de menores, permiso por matrimonio, permiso por lactancia, reducciones de jornada, licencias sin retribución, planes de vacaciones, permisos sindicales, permisos por campaña electoral y acumulación de tareas, en puestos de atención directa del ámbito de la Dirección Territorial, de Bienestar Social de Valencia, de conformidad con lo que establece la Orden del 17 de enero de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
Categoría: Personal Funcionario grupo E (Subalternos y Vigilantes)
NA : F
Grupo : E
Sector : G
Titulación :
Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones
para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación
Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones
para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación
Características: Dada la tipología de centros en los que se realizarán las sustituciones (atención directa, abiertos las 24 horas del día), el régimen de trabajo puede ser a turnos: mañanas, tardes, noches, fines de semana, festivos..,
2. Características de los puestos
3. Las sustituciones se realizarán en centros de menores, residencias para personas mayores dependientes, comedores sociales, Centros Especiales de Atención al Mayor (CEAM) y Centros de Valoración y Orientación de Discapacitados.
Las funciones que se desempeñarán son las inherentes al puesto, entre otras:
Vigilante: realizar tareas de vigilancia y control en las instalaciones del centro; y cualquier otra de carácter análogo que se le encomiende.
Subalterno: traslado de documentos y objetos no pesados; manejo de fotocopiadoras y otras máquinas análogas, control de accesos a los edificios y dependencias, atención al público, apertura y cierre de centros
y edificios, con las tareas inherentes; cualquier otra tarea subalterna, accesoria a las anteriores, que implique niveles de conocimiento, habilidad y esfuerzos similares en relación con el contenido del puesto.
3. Las sustituciones se realizarán en centros de menores, residencias para personas mayores dependientes, comedores sociales, Centros Especiales de Atención al Mayor (CEAM) y Centros de Valoración y Orientación de Discapacitados.
Las funciones que se desempeñarán son las inherentes al puesto, entre otras:
Vigilante: realizar tareas de vigilancia y control en las instalaciones del centro; y cualquier otra de carácter análogo que se le encomiende.
Subalterno: traslado de documentos y objetos no pesados; manejo de fotocopiadoras y otras máquinas análogas, control de accesos a los edificios y dependencias, atención al público, apertura y cierre de centros
y edificios, con las tareas inherentes; cualquier otra tarea subalterna, accesoria a las anteriores, que implique niveles de conocimiento, habilidad y esfuerzos similares en relación con el contenido del puesto.
Sexto. 1. Los aspirantes presentarán la solicitud de inscripción, la hoja de la autobaremación, la documentación acreditativa de los méritos alegados y la acreditación de la titulación requerida para el desempeño del puesto, todo ello debidamente compulsado.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, {del 14 al 27 de marzo de 2013,a.i.} en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, {del 14 al 27 de marzo de 2013,a.i.} en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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