LA
JUSTICIA EUROPEA SE PRONUNCIA CONTRA LA LEY ESPAÑOLA DE DESAHUCIOS
El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sentencia de 14 de marzo de 2013 (C-415/11), ha determinado el incumplimiento por el ordenamiento
jurídico español de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de
1993, ya que, por una parte, no prevé en el marco del procedimiento de ejecución
hipotecaria la posibilidad de
formular motivos de oposición basados en el carácter abusivo de una
cláusula contractual que constituye el fundamento del título ejecutivo. Al mismo
tiempo que dicha normativa no
permite al juez que conozca del proceso declarativo competente para
apreciar el carácter abusivo de esa cláusula, la adopción de medidas
cautelares, entre ellas, en particular, la suspensión del procedimiento
de ejecución hipotecaria, cuando acordar tales medidas sea necesario para
garantizar la plena eficacia de la resolución final.
Dicha sentencia obliga a un cambio urgente de la normativa sobre ejecución hipotecaria en España, lo que podría solucionar el grave problema actual sobre los desahucios en nuestro país, ya que ahora tiene la posibilidad de impugnar en fase declarativa el titulo de ejecución por una cláusula abusiva, y de que los órganos judiciales suspendan los procedimientos de ejecución hipotecaria hasta que se resuelva el procedimiento principal. (Visualice pdf)
Dicha sentencia obliga a un cambio urgente de la normativa sobre ejecución hipotecaria en España, lo que podría solucionar el grave problema actual sobre los desahucios en nuestro país, ya que ahora tiene la posibilidad de impugnar en fase declarativa el titulo de ejecución por una cláusula abusiva, y de que los órganos judiciales suspendan los procedimientos de ejecución hipotecaria hasta que se resuelva el procedimiento principal. (Visualice pdf)
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