Conselleria de Benestar Social . RESOLUCIÓ de 6 de febrer de 2013, de la Subsecretaria, per la qual convoca la constitució de borses de treball especifiques per a substitucions temporals, en llocs de treball de tècnic mitjà especialista en menors (TMEM), a la província de València. [2013/2634]
RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2013 de la Subsecretaría, por la que se convoca la constitución de las bolsas de empleo especificas para sustituciones temporales, en puestos de trabajo de técnico medio especialista en menores (TMEM), en la provincia de Valencia. [2013/2634]
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1. Convocar la constitución de las bolsas de empleo temporales específicas para sustituciones temporales en los puestos de trabajo correspondientes a la categoría de técnico medio especialista en menores (TEMEN) con destino en la provincia de Valencia, que tengan por objeto la sustitución del personal por incapacidad temporal, permiso por maternidad, adopción o acogimiento de menores, permiso por matrimonio, permiso por lactancia, reducciones de jornada, licencias sin retribución, planes de vacaciones, permisos sindicales, permisos por campaña electoral y acumulación de tareas, en puestos de atención directa del ámbito de la Dirección Territorial, de Bienestar Social de Valencia, de conformidad con lo que establece la Orden del 17 de enero de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
2. Características de los puestos.
2. Características de los puestos.
NA F
Grupo B/A2*
Sector E
Titulación : Diploma universitario
Características: Por la tipología de los centros en los que se realizarán las sustitucinoes (atención directa, abiertos las 24 horas del día), el régimen de trabajo puede ser a turnos: mañanas, tardes, noches, fines de semana, festivos…
3. Las sustituciones se realizarán tanto en centros de Atención Residencial de Menores bajo la guarda y/o tutela de la Generalitat (centros de acogida, centros de recepción), como en centros de cumplimiento de medidas judiciales (centros de reeducación).
Las funciones que se desempeñarán son las inherentes al puesto, entre otras: desarrollar pautas de observación, seguimiento y evaluación del menor atendido, estableciendo el desarrollo temporal en las distintas etapas; atender al menor durante la estancia en el centro, desarrollar hábitos de buena convivencia y aseo personal, ayudar y motivar en tareas escolares, colaborar en el desarrollo metodológico de los programas de atención al menor del órgano directivo competente por razón de la materia; facilitar y dar apoyo a la inserción sociolaboral del menor a través de los distintos agentes sociales y cualquier otra tarea de carácter análogo que se le encomiende.
Las funciones que se desempeñarán son las inherentes al puesto, entre otras: desarrollar pautas de observación, seguimiento y evaluación del menor atendido, estableciendo el desarrollo temporal en las distintas etapas; atender al menor durante la estancia en el centro, desarrollar hábitos de buena convivencia y aseo personal, ayudar y motivar en tareas escolares, colaborar en el desarrollo metodológico de los programas de atención al menor del órgano directivo competente por razón de la materia; facilitar y dar apoyo a la inserción sociolaboral del menor a través de los distintos agentes sociales y cualquier otra tarea de carácter análogo que se le encomiende.
6.1. El personal aspirante presentará la solicitud de inscripción, la hoja de la autobaremación, la documentación acreditativa de los méritos alegados y la acreditación de la titulación requerida para el desempeño del puesto, todo ello debidamente compulsado.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana,{del 15 al 28 de marzo de 2013, a.i.}
en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de no presentar la documentación a que se hace referencia en el párrafo anterior por constar su inscripción en el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat, deberá hacerse expresa declaración de ello en la solicitud de inscripción.
2. La documentación requerida deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana,{del 15 al 28 de marzo de 2013, a.i.}
en las sedes de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social de Valencia o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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