... la labor a desempeñar consiste en ser capitán de pesca en el Buque Escuela La Bocaina, función que está vinculada a la enseñanza que se imparte en los Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera adscritos a esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.
Primero.- Convocar procedimiento selectivo, mediante concurso-oposición, para la cobertura, en régimen laboral temporal, de la plaza de la vigente relación de puestos de trabajo de esta Consejería que a continuación se expresa, durante el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, así como la constitución de una lista de reserva en previsión de futuras contrataciones temporales por parte de esta Consejería.
CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Pesca y Aguas.
UNIDAD: Servicio de Estructuras Pesqueras; Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquero de Canarias (Arrecife, Lanzarote).
Nº DEL PUESTO: 19532.
DENOMINACIÓN: Capitán de Pesca.
GRUPO: III.
FUNCIONES: las propias de su categoría, según Convenio.
CLASE DE VÍNCULO: Personal laboral.
LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: Lanzarote.
Segundo.- El procedimiento selectivo y la provisión del puesto objeto de esta convocatoria, se realizarán de conformidad con lo previsto en las bases que se anexan a esta resolución.
CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Pesca y Aguas.
UNIDAD: Servicio de Estructuras Pesqueras; Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquero de Canarias (Arrecife, Lanzarote).
Nº DEL PUESTO: 19532.
DENOMINACIÓN: Capitán de Pesca.
GRUPO: III.
FUNCIONES: las propias de su categoría, según Convenio.
CLASE DE VÍNCULO: Personal laboral.
LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: Lanzarote.
Segundo.- El procedimiento selectivo y la provisión del puesto objeto de esta convocatoria, se realizarán de conformidad con lo previsto en las bases que se anexan a esta resolución.
A N E X O
BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA
1.- Objeto de las bases. Es objeto de estas bases regular el procedimiento selectivo para la cobertura, en régimen laboral temporal, de la plaza 19532, Capitán de Pesca de la vigente relación de puestos de trabajo de esta Consejería, durante el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, así como el de la constitución de una lista de reserva en previsión de futuras contrataciones temporales como Capitán de Pesca.
2.- Requisitos de los participantes. Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán ser admitidos el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. La anterior condición será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Así mismo, podrán participar, en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los extranjeros residentes en España que tengan autorización de trabajo.
b) Tener 16 años cumplidos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto 1833/2004.
c) Estar en posesión de los títulos siguientes:
A. Título de Bachiller, Formación profesional de segundo grado o equivalente.
B. Título profesional de Capitán de Pesca.
C. Estar en posesión de la tarjeta profesional marítimo-pesquera correspondiente, en vigor.
D. Estar en posesión de los Certificados de Especialidad acreditativos de la competencia profesional, en vigor, correspondientes a:
1. Formación Básica.
2. Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos).
3. Botes de Rescate Rápidos.
4. Avanzado de Lucha Contra Incendios.
5. Operador General del Sistema de Socorro y Seguridad Marítima.
6. Radar de Punteo Automático.
BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA
1.- Objeto de las bases. Es objeto de estas bases regular el procedimiento selectivo para la cobertura, en régimen laboral temporal, de la plaza 19532, Capitán de Pesca de la vigente relación de puestos de trabajo de esta Consejería, durante el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, así como el de la constitución de una lista de reserva en previsión de futuras contrataciones temporales como Capitán de Pesca.
2.- Requisitos de los participantes. Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán ser admitidos el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. La anterior condición será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Así mismo, podrán participar, en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los extranjeros residentes en España que tengan autorización de trabajo.
b) Tener 16 años cumplidos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto 1833/2004.
c) Estar en posesión de los títulos siguientes:
A. Título de Bachiller, Formación profesional de segundo grado o equivalente.
B. Título profesional de Capitán de Pesca.
C. Estar en posesión de la tarjeta profesional marítimo-pesquera correspondiente, en vigor.
D. Estar en posesión de los Certificados de Especialidad acreditativos de la competencia profesional, en vigor, correspondientes a:
1. Formación Básica.
2. Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos).
3. Botes de Rescate Rápidos.
4. Avanzado de Lucha Contra Incendios.
5. Operador General del Sistema de Socorro y Seguridad Marítima.
6. Radar de Punteo Automático.
7. Formación Sanitaria Específica Avanzada.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para desempeñar las tareas de Capitán de Pesca.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
2.1. Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán, aportando en el momento de la presentación de la solicitud que será obligatoria, salvo que se indique lo contrario en el anexo V:
- Los referidos en los apartados a) y b) fotocopia cotejada del D.N.I. o en su caso, prestando consentimiento expreso en los términos del artículo 19.3 del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis
económica y de simplificación administrativa.d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para desempeñar las tareas de Capitán de Pesca.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
2.1. Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán, aportando en el momento de la presentación de la solicitud que será obligatoria, salvo que se indique lo contrario en el anexo V:
- Los referidos en los apartados a) y b) fotocopia cotejada del D.N.I. o en su caso, prestando consentimiento expreso en los términos del artículo 19.3 del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis
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3.- Solicitudes. 3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas dirigirán su solicitud según modelo que se publica como anexo I, a esta Consejería presentándose en los registros de este departamento situados en la Avenida Alcalde José Ramírez Bethencourt, nº 22, Edificio Jinámar, en Las Palmas de Gran Canaria, y en la Avenida José Manuel Guimerá, 10, Santa Cruz de Tenerife y los lugares a los que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992 y al artículo 4 del Decreto 100/1985, de 19 de abril, en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
3.2. El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución de convocatoria de las pruebas selectivas.{del 27 de marzo al 9 de abril de 2013, a.i.}
4.- Admisión de aspirantes. 4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General Técnica dictará resolución, que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos que se publicará en la dirección http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/index.jsp de la página web del Gobierno de Canarias, y en la Oficina Canaria de Información y Atención al Ciudadano.
En dicha relación se señalará los aspirantes excluidos, las causas de exclusión y el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos.
3.2. El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Resolución de convocatoria de las pruebas selectivas.{del 27 de marzo al 9 de abril de 2013, a.i.}
4.- Admisión de aspirantes. 4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General Técnica dictará resolución, que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos que se publicará en la dirección http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/index.jsp de la página web del Gobierno de Canarias, y en la Oficina Canaria de Información y Atención al Ciudadano.
En dicha relación se señalará los aspirantes excluidos, las causas de exclusión y el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos.
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