CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Junta de Extremadura.
ORDEN de 14 de marzo de 2013 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de lista de espera del Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013050060)
ORDEN de 14 de marzo de 2013 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de lista de espera del Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013050060)
BASESPrimera. Normas generales. 1. Se convocan pruebas selectivas para la constitución de lista de espera con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes de personal funcionario, en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Jurídica.
2. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus Anexos, se podrán consultar a través de Internet en la dirección http://ciudadano.gobex.es. Además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de Internet, la relación de aspirantes admitidos y excluidos, provisional y definitiva, y la relación de aprobados.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español/a. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos. No obstante lo anterior, será necesario estar en posesión de la nacionalidad española para acceder a las Especialidades que figuran en al artículo 3.2.a) del Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho a la libre circulación de trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España.
2. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus Anexos, se podrán consultar a través de Internet en la dirección http://ciudadano.gobex.es. Además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de Internet, la relación de aspirantes admitidos y excluidos, provisional y definitiva, y la relación de aprobados.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español/a. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos. No obstante lo anterior, será necesario estar en posesión de la nacionalidad española para acceder a las Especialidades que figuran en al artículo 3.2.a) del Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho a la libre circulación de trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, o cumplir las condiciones para
obtenerlo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2. Las personas con discapacidad física o psíquica serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, y siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones propias de los puestos de la lista de espera a la que aspiran a integrarse.
3. Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante todo el proceso de selección y acreditarse en el momento de la contratación, del modo que se indica en la Base Novena.
Tercera. Solicitudes. 1. Los aspirantes que deseen tomar parte en el proceso selectivo formularán su solicitud ajustándose al modelo que figura en Anexo I, mediante fotocopia del mismo. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura {del 20 al 30* de marzo de 2013,a.i.} y se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección de la Consejería de Administración Pública, paseo de Roma, s/n., de Mérida.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, o cumplir las condiciones para
obtenerlo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2. Las personas con discapacidad física o psíquica serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, y siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones propias de los puestos de la lista de espera a la que aspiran a integrarse.
3. Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante todo el proceso de selección y acreditarse en el momento de la contratación, del modo que se indica en la Base Novena.
Tercera. Solicitudes. 1. Los aspirantes que deseen tomar parte en el proceso selectivo formularán su solicitud ajustándose al modelo que figura en Anexo I, mediante fotocopia del mismo. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura {del 20 al 30* de marzo de 2013,a.i.} y se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección de la Consejería de Administración Pública, paseo de Roma, s/n., de Mérida.
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Nota de redación: (*) si son días naturales, al ser el 29 de marzo inhábil, debe trasladarse al siguiente hábil. [Si al no expresar la naturaleza del día, y atendido la Ley 30/1992 de procedimiento administrativo, deberíamos entender el cómputo, como DÍAS HÁBILES, esto es, del 20 de marzo al 1 de abril, ambos inclusive]
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Junto a la solicitud y de conformidad con lo dispuesto en la Base Segunda, apartado 1 a), los aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, deberán presentar el Anexo II, debidamente cumplimentado. ...
3. Para cada zona en que se divide el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma se creará una lista de espera. Por consiguiente, en el modelo de solicitud los aspirantes podrán indicar la zona o zonas en las que deseen figurar, según lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.
De no formularse solicitud en este sentido, el aspirante se incluirá en las listas de espera de todas las zonas, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar a la exclusión de todas las listas de la misma Especialidad.
De no formularse solicitud en este sentido, el aspirante se incluirá en las listas de espera de todas las zonas, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar a la exclusión de todas las listas de la misma Especialidad.
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