viernes, 15 de marzo de 2013

Subvenciones destinadas a Instituciones sin fin de lucro, para el desarrollo de programas en favor de la inclusión social en materia de Bienestar Social, anualidad 2013. En la provincia de Alicante.

Convocatoria de Subvenciones destinadas a Instituciones sin fin de lucro, para el desarrollo de programas en favor de la inclusión social en materia de Bienestar Social, anualidad 2013, de conformidad con las siguientes:
«BASES
Primera.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria el fomento de los Servicios Sociales en el ámbito de la Provincia de Alicante.
Para lograrlo se convocan, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, ayudas económicas destinadas a cubrir gastos corrientes de Asociaciones y Entidades privadas sin fin de lucro, en el ámbito de los Servicios Sociales, para la ejecución de Programas a favor de la Inclusión Social, en las áreas de:
- Personas con discapacidad intelectual, física o sensorial.
- Enfermos mentales.
- Inmigrantes, minorías étnicas y población vulnerable en general.
- Población con conductas adictivas.
- Colectivos con necesidades socio-sanitarias (VIH, alzheimer, cáncer, etc.…).
- Menores en situación de protección o riesgo social.

Estos Programas deberán desarrollarse dentro de la anualidad 2013. Las subvenciones concedidas se destinarán, a gastos ocasionados en la ejecución del Programa, durante el periodo comprendido entre el 1/01/2013 hasta 31/10/2013.
No serán objeto de atención desde esta convocatoria aquellos Programas o Actividades, cuyo único contenido sea relativo a actividades lúdicas o festivas (comidas, bailes …), encuentros, actividades formativas (cursos, jornadas, talleres …), de sensibilización, musicales, deportivas y socioculturales, programas o servicios que hayan sido contratados por licitación pública, programas desarrollados por federaciones que presten servicios de atención directa a los socios/usuarios de sus Entidades federadas, que puedan ser implementados por las mismas, o bien destinados a la población en general.
En esta convocatoria cada Entidad podrá solicitar únicamente un Programa.
Estas subvenciones no se podrán destinar a la adquisición de bienes inventariables, ni a infraestructuras o gastos de inversión.
Cuarta.- Solicitudes. Las Entidades interesadas deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo oficial que se publica como ANEXO I, suscrita por su Presidente/a o persona que ostente la representación legal de la Entidad, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial.
El modelo de instancia y el resto de anexos serán publicados en la página web de la Diputación (www.ladipu.com).
El plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día del plazo fuese sábado o festivo, se trasladará al siguiente hábil.{del 16 de marzo al 15* de abril de 2013,a.i.}
El lugar de presentación de la solicitud y de la documentación que se establece en la base quinta será el Registro General de esta Excma. Diputación Provincial (sito en la calle Tucumán, número 8, de Alicante, código postal 03005), o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC).

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