lunes, 4 de marzo de 2013

ayudas para programas de información y promoción de productos agrícolas en mercado interior y en terceros países.

Primero. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2013, las ayudas para la realización de programas de información y promoción de productos agrícolas en mercado interior y terceros países previstas en el Reglamento (CE) n.º 3/2008 del Consejo, así como los requisitos mínimos que deben cumplir los solicitantes y los programas presentados.
Segundo. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las organizaciones profesionales e interprofesionales representativas del sector agroalimentario en España, que lleven a cabo programas de información y promoción en el mercado interior y terceros países, según lo indicado en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.º 3/2008 del Consejo. En caso de que varias organizaciones presenten un programa de forma conjunta, éstas deberán de aportar un acuerdo donde se establezca la distribución de responsabilidades entre ellas.
Tercero. Solicitud y plazo de presentación. Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 501/2008 de la Comisión, y según el modelo del «formulario para la presentación de programas de promoción cofinanciados por la UE» establecido por la Comisión Europea (disponible en http://ec.europa.eu/agriculture/prom/forms/appliform_es.doc), mediante uno de los siguientes procedimientos:
a) En el Registro General del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigidas a la Dirección General de la Industria Alimentaria, en papel y en CD u otro soporte electrónico.
b) A través de la sede electrónica en la sección alimentación. https://sede.marm.gob.es.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», hasta el 15 de abril de 2013 acompañadas de la documentación correspondiente.


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