Conselleria de Presidència i Agricultura, Pesca, Alimentació i Aigua
ORDE 5/2013, de 8 de març, de la Conselleria de Presidència i Agricultura, Pesca, Alimentació i Aigua, per la qual es convoca la concessió de beques per a la realització de pràctiques professionals en les dependències de la conselleria esmentada. [2013/2743] (pdf 476KB)
ORDEN 5/2013, de 8 de marzo, de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se convoca la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la citada conselleria. [2013/2743] (pdf 476KB)
ORDE 5/2013, de 8 de març, de la Conselleria de Presidència i Agricultura, Pesca, Alimentació i Aigua, per la qual es convoca la concessió de beques per a la realització de pràctiques professionals en les dependències de la conselleria esmentada. [2013/2743] (pdf 476KB)
ORDEN 5/2013, de 8 de marzo, de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se convoca la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la citada conselleria. [2013/2743] (pdf 476KB)
Primero. Convocar la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas que a continuación se detallan, para completar la formación de titulados universitarios, mediante la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, durante los ejercicios 2013 y 2014:
– 1 beca de especialización profesional en acción exterior (anexo II)
– 4 becas de especialización profesional en materia de informática (anexo III)
Segundo. Aprobar las bases que se adjuntan como anexo I de la presente orden, las cuales regirán para todas las especialidades convocadas, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos anexos.
– 1 beca de especialización profesional en acción exterior (anexo II)
– 4 becas de especialización profesional en materia de informática (anexo III)
Segundo. Aprobar las bases que se adjuntan como anexo I de la presente orden, las cuales regirán para todas las especialidades convocadas, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos anexos.
ANEXO I - Bases generales de procedimiento, de aplicación a todos los anexos de la presente orden
Primera. Objeto y ámbito de la convocatoria. El objeto de esta convocatoria es la concesión de becas para completar y desarrollar la formación académica de los y de las jóvenes titulados universitarios en el ámbito de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y de la Subsecretaría de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
La concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de los diferentes tipos de becas que se convocan por la presente orden, se regirá por las siguientes bases generales y comunes a todas ellas, además de por las especificas que, para cada una, se establecen en los correspondientes anexos.
Segunda. Requisitos generales de los solicitantes. 1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Estar en posesión del título oficial universitario o equivalente exigido en la convocatoria, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización.
b) No ser mayor de 35 años.
c) No haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un período igual o superior a 36 meses.
d) No hallarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. No podrán optar a estas becas quienes, en el momento de publicarse la convocatoria, ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.
Tercera. Duración de las becas y prórroga. 1. El periodo de duración de las becas será de 12 meses, desde la fecha que se indique en la resolución de concesión. Esta resolución será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
2. El periodo de duración podrá prorrogarse, sin necesidad de nueva convocatoria, por un periodo máximo de 12 meses adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.
Primera. Objeto y ámbito de la convocatoria. El objeto de esta convocatoria es la concesión de becas para completar y desarrollar la formación académica de los y de las jóvenes titulados universitarios en el ámbito de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y de la Subsecretaría de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
La concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de los diferentes tipos de becas que se convocan por la presente orden, se regirá por las siguientes bases generales y comunes a todas ellas, además de por las especificas que, para cada una, se establecen en los correspondientes anexos.
Segunda. Requisitos generales de los solicitantes. 1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Estar en posesión del título oficial universitario o equivalente exigido en la convocatoria, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes, y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización.
b) No ser mayor de 35 años.
c) No haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un período igual o superior a 36 meses.
d) No hallarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o beneficiaria, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. No podrán optar a estas becas quienes, en el momento de publicarse la convocatoria, ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.
Tercera. Duración de las becas y prórroga. 1. El periodo de duración de las becas será de 12 meses, desde la fecha que se indique en la resolución de concesión. Esta resolución será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
2. El periodo de duración podrá prorrogarse, sin necesidad de nueva convocatoria, por un periodo máximo de 12 meses adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.
Cuarta. Dotación económica individual y pago de las becas. 1. Las becas están dotadas cada una de ellas con 1.000 euros brutos mensuales.
Quinta. Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 22 de marzo al 10 de abril de 2013,a.i.}
2. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán la solicitud exclusivamente por vía electrónica. Para ello accederán a la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), pincharán en el apartado «servicios on-line» y buscarán el trámite de solicitud de beca diseñado a tal efecto.
En dicho trámite se especificará la especialidad o clase de beca a la que se opta, así como el currículum, con el fin de poder obtener la autobaremación inicial de los méritos presentados de forma automática.
Se presentará una solicitud por cada una de las modalidades.
En caso de presentación de más de una solicitud para una determinada convocatoria, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada, archivándose las anteriores.
3. Existe un correo de asistencia técnica, generalitat_en_red@gva.es destinado a solventar cualquier problema técnico relacionado con la presentación electrónica de dicha solicitud.
2. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán la solicitud exclusivamente por vía electrónica. Para ello accederán a la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), pincharán en el apartado «servicios on-line» y buscarán el trámite de solicitud de beca diseñado a tal efecto.
En dicho trámite se especificará la especialidad o clase de beca a la que se opta, así como el currículum, con el fin de poder obtener la autobaremación inicial de los méritos presentados de forma automática.
Se presentará una solicitud por cada una de las modalidades.
En caso de presentación de más de una solicitud para una determinada convocatoria, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada, archivándose las anteriores.
3. Existe un correo de asistencia técnica, generalitat_en_red@gva.es destinado a solventar cualquier problema técnico relacionado con la presentación electrónica de dicha solicitud.
11. Si la solicitud presentada en plazo no reuniera los requisitos indicados en esta convocatoria o no fuera aportada alguna documentación de la exigida en ella se requerirá al interesado para su subsanación en el plazo máximo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido en su solicitud. Dicha subsanación se realizará también de forma electrónica seleccionando el trámite creado al efecto
ANEXO II
Bases de la convocatoria de una beca de especialización profesional en acción exterior
Primera. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de una beca para completar y desarrollar la formación académica de graduados en Acción Exterior, a través de la realización de prácticas en la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea, punto de información europea de la Delegación del Consell en Alicante.
Segunda. Requisitos específicos. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que constan en la base segunda del anexo I de esta orden y los siguientes requisitos específicos:
1. Estar en posesión de la titulación superior de licenciado o graduado en Derecho, Ciencias Políticas, Periodismo o Ciencias Económicas, expedido u homologado por las autoridades españolas o de los demás países de la Unión Europea y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su obtención.
2. Acreditar documentalmente el conocimiento de los idiomas inglés y francés, nivel intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas, o equivalente (B1).
Bases de la convocatoria de una beca de especialización profesional en acción exterior
Primera. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de una beca para completar y desarrollar la formación académica de graduados en Acción Exterior, a través de la realización de prácticas en la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea, punto de información europea de la Delegación del Consell en Alicante.
Segunda. Requisitos específicos. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que constan en la base segunda del anexo I de esta orden y los siguientes requisitos específicos:
1. Estar en posesión de la titulación superior de licenciado o graduado en Derecho, Ciencias Políticas, Periodismo o Ciencias Económicas, expedido u homologado por las autoridades españolas o de los demás países de la Unión Europea y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su obtención.
2. Acreditar documentalmente el conocimiento de los idiomas inglés y francés, nivel intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas, o equivalente (B1).
ANEXO III
Bases de la convocatoria de cuatro becas de especialización profesional en materia informáticaPrimera. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de cuatro becas, que tendrán por objeto completar y desarrollar la formación académica de los jóvenes y de las jóvenes titulados universitarios en Informática a través de la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la Subsecretaría de la Presidencia, y de las especialidades que se enumeran a continuación:
– Dos becas de microinformática
– Dos becas de desarrollo de aplicaciones informáticas.
Segunda. Requisitos específicos. Las personas solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que constan en la base segunda, del anexo I de esta orden y estar en posesión de una de las titulaciones que a continuación se indica, expedida u homologada por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su obtención:
– Ingeniería en Informática
– Ingeniería Técnica en Informática
– Grado en Ingeniería InformáticaPara las dos becas de desarrollo de aplicaciones informáticas, la titulación de Ingeniería Técnica en Informática, se requerirá obtenida en la especialidad de Gestión.
Bases de la convocatoria de cuatro becas de especialización profesional en materia informáticaPrimera. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de cuatro becas, que tendrán por objeto completar y desarrollar la formación académica de los jóvenes y de las jóvenes titulados universitarios en Informática a través de la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la Subsecretaría de la Presidencia, y de las especialidades que se enumeran a continuación:
– Dos becas de microinformática
– Dos becas de desarrollo de aplicaciones informáticas.
Segunda. Requisitos específicos. Las personas solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que constan en la base segunda, del anexo I de esta orden y estar en posesión de una de las titulaciones que a continuación se indica, expedida u homologada por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su obtención:
– Ingeniería en Informática
– Ingeniería Técnica en Informática
– Grado en Ingeniería InformáticaPara las dos becas de desarrollo de aplicaciones informáticas, la titulación de Ingeniería Técnica en Informática, se requerirá obtenida en la especialidad de Gestión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia