Resolución de 15 de abril de 2013, de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se publica la Orden de 21 de marzo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de los procedimientos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y la adquisición de nuevas especialidades para funcionarios de carrera del mismo cuerpo, a celebrar en el año 2013, y por la que se regula la composición de las listas de interinidad para el curso 2013-2014, modificada por Orden de 3 de abril de 2013.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo), y de conformidad con la Orden de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, de 21 de marzo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de los procedimientos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y la adquisición de nuevas especialidades para funcionarios de carrera del mismo cuerpo, a celebrar en el año 2013, y por la que se regula la composición de las listas de interinidad para el curso 2013-2014, modificada por Orden de 3 de abril de 2013, esta Consejería de Educación, Formación y Empleo procede al anuncio de los siguientes aspectos de la referida convocatoria:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo), y de conformidad con la Orden de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, de 21 de marzo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de los procedimientos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y la adquisición de nuevas especialidades para funcionarios de carrera del mismo cuerpo, a celebrar en el año 2013, y por la que se regula la composición de las listas de interinidad para el curso 2013-2014, modificada por Orden de 3 de abril de 2013, esta Consejería de Educación, Formación y Empleo procede al anuncio de los siguientes aspectos de la referida convocatoria:
Primero. La Administración educativa convocante es la Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Segundo. La Orden mencionada, de 21 de marzo de 2013, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 70, correspondiente al día 26 de marzo de 2013. La Orden de 3 de abril de 2013, que modifica la anterior, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 79, correspondiente al día 8 de abril de 2013.
Tercero. El número de plazas que se convocan es de 200, correspondientes al Cuerpo de Maestros, detallándose en el anexo I de la referida Orden de convocatoria la distribución por turnos de ingreso y especialidades.
Cuarto. El plazo de presentación de solicitudes y documentación finalizará el día 19 de abril de 2013.
Quinto. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar una solicitud, dirigida al Consejero de Educación, Formación y Empleo, a través del formulario Web que está disponible en la dirección de internet www.carm.es/educacion (en el enlace «Oposiciones Cuerpo Maestros 2013»). Para rellenar el formulario web de la solicitud, los aspirantes deberán consultar la guía de presentación telemática en dicha página web y las instrucciones que figuran en el anexo III a la referida Orden. Una vez cumplimentado el formulario se imprimirá la solicitud como «Documento definitivo», en el que constarán entre otros datos, la fecha y número de registro de entrada.
Sexto. Asimismo, la citada Orden regula la composición y ordenación de las listas de aspirantes a interinidades, para el curso 2013-2014.
Segundo. La Orden mencionada, de 21 de marzo de 2013, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 70, correspondiente al día 26 de marzo de 2013. La Orden de 3 de abril de 2013, que modifica la anterior, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 79, correspondiente al día 8 de abril de 2013.
Tercero. El número de plazas que se convocan es de 200, correspondientes al Cuerpo de Maestros, detallándose en el anexo I de la referida Orden de convocatoria la distribución por turnos de ingreso y especialidades.
Cuarto. El plazo de presentación de solicitudes y documentación finalizará el día 19 de abril de 2013.
Quinto. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar una solicitud, dirigida al Consejero de Educación, Formación y Empleo, a través del formulario Web que está disponible en la dirección de internet www.carm.es/educacion (en el enlace «Oposiciones Cuerpo Maestros 2013»). Para rellenar el formulario web de la solicitud, los aspirantes deberán consultar la guía de presentación telemática en dicha página web y las instrucciones que figuran en el anexo III a la referida Orden. Una vez cumplimentado el formulario se imprimirá la solicitud como «Documento definitivo», en el que constarán entre otros datos, la fecha y número de registro de entrada.
Sexto. Asimismo, la citada Orden regula la composición y ordenación de las listas de aspirantes a interinidades, para el curso 2013-2014.
-----------------------------------
2.3 Requisitos específicos. Además
de los requisitos generales establecidos en el apartado anterior, los
aspirantes deberán reunir a la fecha de finalización del plazo de
cumplimentación de solicitudes, los requisitos específicos que se
detallan a continuación, en función del procedimiento por el que se
participe.
2.3.1 Título. Estar
en posesión o reunir las condiciones para que les pueda ser expedido el
título de Maestro o el título de Grado correspondiente. De conformidad
con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el título de Profesor de
Educación General Básica y el título de Maestro de Enseñanza Primaria
son equivalentes, a todos los efectos, al de Maestro.
En
el caso de haber obtenido las titulaciones en el extranjero, deberá
haberse concedido la correspondiente
homologación, o bien el
reconocimiento profesional de la titulación para ejercer la profesión
docente, en ambos casos por parte del Ministerio de Educación, de
conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de
febrero (BOE de 4 de marzo), y la Orden ECI/3686/2004, de 3 de
noviembre, o la credencial de su reconocimiento al amparo de lo
establecido por la Directiva 2005/CEE, de 7 de septiembre, del Consejo
de las Comunidades Europeas y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de
octubre, modificado por el Real Decreto 2073/1995, de 22 de diciembre,
en cuanto sean de aplicación.
Si el aspirante no
dispusiera de este documento a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, quedará excluido del proceso selectivo.
2.3.2 Requisitos específicos para el turno de reserva de discapacitados.. Podrán
participar por el turno de reserva de discapacitados aquellos
aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas
correspondientes al cuerpo y especialidad al que aspiran a ingresar,
cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener
reconocida la condición legal de persona con discapacidad, en grado
igual o superior al 33%, según valoración realizada por el IMAS
(Instituto Murciano de Acción Social) o por el órgano competente en esta
materia del resto de las Administraciones Públicas, siempre que la
discapacidad no sea incompatible con el ejercicio de la docencia y el
desempeño de las funciones del profesorado reguladas por el artículo 91
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b)
Manifestar expresamente, mediante la cumplimentación del apartado
correspondiente en la instancia de participación, la opción de
participar por este procedimiento de reserva.
El
procedimiento selectivo se realizará en condiciones de igualdad con los
aspirantes de ingreso libre, sin perjuicio de las adaptaciones previstas
en el apartado 6.8 de esta convocatoria.
2.3.3 Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
De
conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 del Decreto 3/2003,
de 31 de enero, por el que se regula el acceso a la Función Pública de
la Región de Murcia de los nacionales de los demás estados miembros de
la Unión Europea y de los nacionales extracomunitarios, los aspirantes
que no posean la nacionalidad española para ser admitidos a los procesos
selectivos deberán acreditar, además de los requisitos generales a que
alude el punto 2.1 de esta Orden, no estar sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.
BASE 3.- SOLICITUDES, TASAS DE INSCRIPCIÓN Y FORMA DE PAGO, PLAZO DE CUMPLIMENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
3.1 Solicitudes. 3.1.1 Consideraciones previas Quienes
deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar una
solicitud a través del formulario web establecido al efecto, dirigida al
Consejero de Educación, Formación y Empleo.
Cada
solicitud tendrá asignado dos números de referencia únicos: un
identificador y un código de solicitud, que serán diferentes en cada
instancia.
En el supuesto de que un mismo aspirante
cumplimentara en plazo y forma más de una solicitud de participación
con pago de tasas, por la misma especialidad, únicamente será válida la
última realizada.
Dentro de las limitaciones
establecidas en la presente convocatoria, cuando se opte por más de una
especialidad, se cumplimentarán tantas solicitudes como número de
especialidades por las que se participe. No obstante, la cumplimentación
de más de una solicitud no implica que el aspirante pueda asistir al
acto de presentación o actuaciones posteriores de los tribunales donde
haya sido asignado, dada la simultaneidad para todas las especialidades
del acto de presentación y entrega de documentación.
Los
aspirantes con discapacidad que deseen acogerse al turno de reserva de
discapacitados prevista en esta convocatoria deberán indicarlo en la
correspondiente casilla (turno) de su solicitud.
Los
aspirantes que, por padecer discapacidad o limitaciones físicas,
precisen adaptaciones de tiempo y medios, lo indicarán expresamente en
la solicitud, utilizando el apartado correspondiente.
Aquellos
aspirantes que, no teniendo la nacionalidad española y cuyo idioma
oficial no sea el castellano, estén exentos de realizar la prueba de
acreditación de conocimiento del castellano, a que se refiere la base 5
de la presente Orden, deberán hacer constar dicha circunstancia
cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud.
Los
aspirantes deberán indicar en la instancia de participación las
especialidades del Cuerpo de Maestros por las que desean ser incluidos
en la lista de aspirantes para la provisión de vacantes o sustituciones
en régimen de interinidad, según lo establecido en la base 23 de la
presente Orden.
Los errores materiales, de hecho o
aritméticos, que se adviertan podrán rectificarse en cualquier momento,
de oficio o a petición de los interesados.
3.1.2 Forma de cumplimentación de solicitudes. Las
solicitudes, dirigidas al Consejero de Educación Formación y Empleo se
podrán cumplimentar a través del formulario web que está disponible en
la dirección de Internet http://www.carm.es/rrhh/ofertaempleo/ (enlace
instancias para las oposiciones a la CARM).
Para
cumplimentar el formulario web de la solicitud de participación, los
aspirantes deberán consultar la Guía de presentación telemática en dicha
página web y las instrucciones que figuran en el anexo III a la
presente Orden. Una vez cumplimentado el formulario se imprimirá la
solicitud como “Documento definitivo”, en el que constarán entre otros
datos, la fecha, hora y número de registro de entrada.
Para
facilitar a quien lo desee la cumplimentación de la solicitud a través
de Internet, se habilitarán ordenadores en la Consejería de Educación,
Formación y Empleo con un servicio de ayuda para consulta de los
solicitantes en horario de atención al público.
Una
vez cumplimentada la solicitud a través de la web e impreso el
“Documento definitivo”, el abono, en su caso, de la tasa correspondiente
se hará dentro del plazo de cumplimentación de solicitudes a través de
una de las dos posibles formas de pago establecidas en el apartado
3.2.2.
Asimismo, una vez abonada la tasa en la
entidad colaboradora, o impreso el modelo de solicitud como “Documento
definitivo” por los aspirantes exentos del abono de la misma, la
solicitud efectuada telemáticamente se considerará presentada ante la
Administración con los efectos y garantías para el interesado de su
presentación en un registro administrativo.
3.1.3 Plazo de cumplimentación de solicitudes.
El
plazo de cumplimentación de las solicitudes y de presentación de la
documentación complementaria a que se refiere el apartado 3.3, será de
veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de
Murcia. { ... hasta el viernes 19 de abril de 2013, inclusive}
Si el último día del plazo de
cumplimentación de solicitudes, los interesados no pudiesen tramitar la
misma, por no estar ese día en funcionamiento el sistema informático
establecido al efecto, la Consejería de Educación, Formación y Empleo
habilitará modelos de solicitud preimpresos que podrán ser retirados en
la Oficina de Información de esta Consejería., sin que en ningún caso la
cumplimentación y presentación manual de la solicitud implique
extensión del plazo de cumplimentación y presentación de solicitudes.
3.2 Tasas de inscripción y forma de pago.
3.2.1 Tasas de inscripción. La
tasa por actuaciones en materia de Función Pública Regional será de
69,32 euros, según lo previsto en el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de
julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas,
Precios Públicos y Contribuciones Especiales y la actualización prevista
en la Ley 17/2012 de 27 de diciembre, d??e Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013,
desarrollada por Orden de 5 de febrero de 2013, de la Consejería de
Economía y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y
precios públicos aplicables en el 2013.
ANEXO I
CUERPO DE MAESTROS
RELACIÓN DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD Y TURNO DE INGRESO
ESPECIALIDAD TURNO LIBRE RESERVA DISCAPACITADOS TOTAL
Audición y Lenguaje - 12 - - 1 - - 13
Pedagogía Terapéutica - 16 - - 1 - - 17
Educación Infantil - 41 - - 2 - - 43
Lengua extranjera: Inglés - 57 - - 3 - - 60
Educación Física - 21 - - 1 - - 22
Música - 16 - - 1 - - 17
Educación Primaria - 26 - - 2 - - 28
TOTAL: - - - - - - 189 - - 11 - - - 200
CUERPO DE MAESTROS
RELACIÓN DE PLAZAS POR ESPECIALIDAD Y TURNO DE INGRESO
ESPECIALIDAD TURNO LIBRE RESERVA DISCAPACITADOS TOTAL
Audición y Lenguaje - 12 - - 1 - - 13
Pedagogía Terapéutica - 16 - - 1 - - 17
Educación Infantil - 41 - - 2 - - 43
Lengua extranjera: Inglés - 57 - - 3 - - 60
Educación Física - 21 - - 1 - - 22
Música - 16 - - 1 - - 17
Educación Primaria - 26 - - 2 - - 28
TOTAL: - - - - - - 189 - - 11 - - - 200
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia