miércoles, 3 de abril de 2013

bolsas de trabajo de guarda de refugio, oficial segunda cocinero-a y personal de limpieza para los refugios del Consell de Mallorca por los procedimientos extraordinario y específico de selección respectivamente, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca.

Primero. Convocar los procedimientos extraordinario y específico de selección mediante el sistema de concurso, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes de las subescalas, clases o categorías de guarda de refugio, oficial segunda cocinero-a y personal de limpieza para los refugios del Consell de Mallorca
Segundo. Establecer las bases por las que se regirá esta convocatoria, que son las publicadas en el anexo I.
Tercero. Ordenar a la Dirección Insular de Hacienda y Función Pública que inicie los trámites oportunos de selección, publicando en el BOIB esta resolución e insertando en prensa el anuncio correspondiente.
ANEXO I
BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE BOLSAS CORRESPONDIENTES A LA SUBESCALA, CLASE O CATEGORÍA DE GUARDA DE REFUGIO, OFICIAL SEGUNDA COCINERO-A Y PERSONAL DE LIMPIEZA PARA LOS REFUGIOS DEL CONSELL DE
MALLORCA.
REQUISITOS COMUNES A TODAS LAS CATEGORIAS.
- Fotocopia compulsada del DNI o documento acreditativo de la nacionalidad, certificado por la autoridad competente del país de origen, y la tarjeta de residencia o de familiar de residente comunitario en vigor, si procede. (*)
- Carnet de conducir B.
(*) Los extranjeros residentes en España pueden acceder, en igualdad de condiciones que los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, a las plazas de personal laboral, conforme a lo que prevé el artículo 10,2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE nº 10, de 12 de enero de 2000), redactado conforme a la Ley
En caso que el aspirante no posea la nacionalidad española y siempre que el conocimiento de la mencionada lengua no se deduzca de la nacionalidad de origen, tiene que acreditar el conocimiento adecuado de la lengua castellana mediante la presentación de alguno de los títulos o certificados que se señalan a continuación:
El Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre.
El Certificado de Aptitud en Español para extranjeros concedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
El Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica.
El certificado académico en que conste que se han realizado en el Estado español todos los estudios necesarios para la obtención de la titulación alegada para el ingreso en la subescala, la clase o la categoría por la cual se opta.
Si el aspirante no aporta la mencionada documentación, debe acreditar el conocimiento adecuado de la lengua castellana mediante la superación, con la calificación de «apto/a», de una prueba destinada a comprobar que posee un nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita de esta lengua. El contenido de esta prueba lo determinará la Junta Calificadora, la cual puede designar asesores especialistas en la materia. La calificación de «no apto/a» en esta prueba o la no comparecencia del aspirante para realizarla comportará la eliminación del proceso selectivo.

CATEGORIA: GUARDA DE REFUGIO.
GRUPO O SUBGRUPO: C2
FUNCIONES GENERALES
Recibir a los clientes del refugio.
Rellenar las fichas policiales en el ordenador.
Facturar y cobrar a los clientes.
Hacer cumplir las normas del refugio.
Realizar funciones de bar / cafetería / restaurante.
Ayudar a la limpiadora y/o la cocinera.
Realizar el reciclaje de las basuras.
TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
HORARIO: Jornada prestada en turnos de 24h de lunes a domingo y de acuerdo con el calendario establecido de apertura de los refugios.

CATEGORIA: OFICIAL SEGUNDA COCINERO-A
GRUPO O SUBGRUPO: C2
FUNCIONES GENERALES
Planificar los menús del refugio.
Cocinar los platos .
Realizar las fichas de gasto.
Realizar el inventario de la cocina.
Limpiar la cocina.
Ayudar a la limpiadora.
TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

CATEGORIA: PERSONAL DE LIMPIEZA
GRUPO O SUBGRUPO: C2
FUNCIONES GENERALES
Limpiar el refugio.
Levar el control de la ropa de las camas del refugio.
Realizar el inventario del material de limpieza.
Ayudar a la cocinera y al guarda del refugio.
TITULACIÓN REQUERIDA: Ninguna.
**********
SISTEMA DE SELECCIÓN: CONCURSO. La puntuación mínima para poder acceder a la bolsa es de 4 puntos para los grupos A1, A2, B y C1 y de 0 puntos para los grupos C2 y AP. En el supuesto que ningún aspirante llegue a la puntuación mínima establecida, la Junta Calificadora podrá establecer que la puntuación mínima para acceder sea inferior.
VALORACIÓN DE MÈRITOS: Se valorará la titulación académica y/o las acciones formativas acreditadas, en ambos casos relacionados con las funciones de la subescala, clase o categoría objeto de la convocatoria y también el trabajo desarrollado en puestos de categoría igual o parecida, encuadrada en el mismo grupo o subgrupo de la categoría objeto de la convocatoria, siempre que sean de naturaleza o contenido técnico análogos.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: El plazo de presentación será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOIB.[BOIB Núm. 43, 30 de marzo de 2013, Sec. II. - Pág. 14425] {del 31 de marzo al de abril de 2013, a.i.}
FASE DE CONCURSO
La puntuación global máxima de la fase de concurso es de 29 puntos.
Los méritos alegados por las personas aspirantes se deben poseer al finalizar el plazo de presentación de instancias y únicamente se puntuarán aquellos que estén adecuada y claramente acreditados de acuerdo con lo que se especifica en el anexo II de estas bases y presentados dentro del plazo fijado a este efecto. No se admitirá ninguna documentación referente a méritos una vez finalizado el plazo de presentación de instancias. En ningún caso, se requerirá documentación o enmienda de errores referente a méritos. Los méritos alegados se valorarán de acuerdo con el baremo que se adjunta en el anexo III.

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