martes, 16 de abril de 2013

Subvenciones a favor de las Entidades Locales de la provincia de Alicante para la realización de Inversiones en Obras, Reparaciones y Equipamientos de Cooperación Municipal, para las Anualidades 2013-2014.

«17º COOPERACION. Subvenciones a favor de las Entidades Locales de la provincia de Alicante para la realización de Inversiones en Obras, Reparaciones y Equipamientos de Cooperación Municipal, para las Anualidades 2013-2014.
Bases y Convocatoria. Aprobación.
Primero.- Aprobar la Convocatoria para la concesión de subvenciones a favor de las Entidades Locales de la provincia de Alicante para la realización de Inversiones en Obras, Reparaciones y Equipamientos de Cooperación Municipal, para las Anualidades 2013-2014, con una dotación estimada de 1.200.100,00 euros. Este importe podrá ser incrementado mediante las oportunas modificaciones presupuestarias que se produzcan a lo largo del ejercicio 2013.
Segundo.- Aprobar las Bases que regirán la Convocatoria de referencia, que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, y que son las que a continuación se transcriben:
«BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES EN OBRAS, REPARACIONES Y EQUIPAMIENTOS DE COOPERACIÓN MUNICIPAL PARA LAS ANUALIDADES 2013-2014
Primera: Actividad objeto de subvención. 1. Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva abierta, la concesión durante las anualidades 2013-2014 de subvenciones a Ayuntamientos y Entidades Locales de la provincia de Alicante para coadyuvar a los gastos derivados de las siguientes actuaciones:
a) realización de inversiones públicas en obras de nueva planta;
b) reparación de obras públicas ya existentes en la población;c) equipamientos de cualquier clase; tendentes, todas ellas, a promover y mejorar toda clase de actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en el ejercicio de las competencias conferidas por el art. 25 de la Ley 7/81, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria responden al principio de cooperación provincial con los municipios de la provincia, en aras a asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal, especialmente en los de menor capacidad económica y de gestión, y que a la fecha de su concesión se encuentren sin adjudicar y sin realizar.
No obstante, y en supuestos excepcionales se podrán subvencionar actuaciones que a la fecha de su solicitud se encuentren efectivamente terminadas o en curso, previa justificación por parte de los beneficiarios de la presente
Convocatoria, de las razones que han llevado a ello, motivos que serán objeto de análisis y estudio por los Servicios Técnicos del Departamento de Planes y Obras Municipales, como requisito previo a su consideración.
Segunda: Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo de solicitudes se extenderá hasta el 4 de noviembre de 2013.
Tercera: Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Alicante.


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