Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 30/10/2019 DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA ANTICIPADA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA PARA 2020.
BDNS(Identif.):481533
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuy texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Formación Profesional Grado Medio Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, o Formación Profesional Grado Medio o Formación Profesional Grado Superior, en alguna de las ramas de Informática.
No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.
No haber disfrutado con anterioridad de similar beca a la que se solicita, concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuy texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Formación Profesional Grado Medio Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, o Formación Profesional Grado Medio o Formación Profesional Grado Superior, en alguna de las ramas de Informática.
No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.
No haber disfrutado con anterioridad de similar beca a la que se solicita, concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Segundo. Finalidad:
Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada, la concesión de UNA BECA de Formación en Informática, con destino a la Unidad de Informática de Presidencia del Servicio de Informática y Telecomunicaciones, dependiente del Área de Innovación y Agenda Digital de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero. Bases reguladora y modelo de instancia:
Las Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de una beca de formación en Informática para 2020 y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica (sede.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la provincia de Alicante.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de la beca concedida será de 600 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 217 de 14/11/2019 ], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil, el plazo concluirá el primer día hábil siguiente. {del 15 al 28 de noviembre de 2019, a.i.}
El modelo de solicitud se acompañará del Anexo: Relación de Méritos que el aspirante puede alegar y baremar.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Segundo. Finalidad:
Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada, la concesión de UNA BECA de Formación en Informática, con destino a la Unidad de Informática de Presidencia del Servicio de Informática y Telecomunicaciones, dependiente del Área de Innovación y Agenda Digital de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero. Bases reguladora y modelo de instancia:
Las Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de una beca de formación en Informática para 2020 y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica (sede.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la provincia de Alicante.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de la beca concedida será de 600 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 217 de 14/11/2019 ], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil, el plazo concluirá el primer día hábil siguiente. {del 15 al 28 de noviembre de 2019, a.i.}
El modelo de solicitud se acompañará del Anexo: Relación de Méritos que el aspirante puede alegar y baremar.
Una vez publicadas las bases, abierto el plazo de presentación de solicitudes, éstas se podrán presentar:
A través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación, en la siguiente dirección: sede.diputacionalicante.es
Presencialmente, en el Registro General de la Diputación Provincial, en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante)
Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las solicitudes, por tanto, deberán acompañarse de la siguiente documentación:
Anexo donde se detallan los méritos alegados y baremados
Documento Nacional de Identidad
Certificado de empadronamiento que acredite la vecindad en un municipio de la provincia de Alicante.
Curriculum Vitae.
A través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación, en la siguiente dirección: sede.diputacionalicante.es
Presencialmente, en el Registro General de la Diputación Provincial, en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante)
Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las solicitudes, por tanto, deberán acompañarse de la siguiente documentación:
Anexo donde se detallan los méritos alegados y baremados
Documento Nacional de Identidad
Certificado de empadronamiento que acredite la vecindad en un municipio de la provincia de Alicante.
Curriculum Vitae.
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