Bases para la provisión en propiedad de tres plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Santomera mediante oposición libre.
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1. Es objeto de esta convocatoria la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante oposición libre, de tres plazas de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Santomera, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1, e incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2017, dos plazas y 2019, una plaza, con la clasificación y denominación siguiente:
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1. Es objeto de esta convocatoria la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante oposición libre, de tres plazas de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Santomera, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1, e incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2017, dos plazas y 2019, una plaza, con la clasificación y denominación siguiente:
Grupo C, Subgrupo C1 (según artículo 76 del R.D. Leg. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Tercera del mismo).
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local.
Categoría: Agente (artículo 19 de la Ley 4/1998, de 22 de julio)
Denominación: “Agente de Policía Local”.
2. El sistema escogido por el Ayuntamiento de Santomera para el acceso a la categoría de Agente es el de oposición por el turno libre, de conformidad con lo indicado en el artículo 26.1 de la Ley 4/1998, de 22 de julio.
3. La presente convocatoria, se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, 7/1985, de 2 de abril; en el Real Decreto-Legislativo número 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto número 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto número 364/1995, de 10 de marzo; Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia; a la Ley 6/2019, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al Decreto número 82/1990, de 16 de octubre, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las Bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para el ingreso y ascensos en los Cuerpos de la Policía Local, y demás legislación concordante en la materia.
Segunda.- Publicación. 1. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, y un extracto de la primera en el “Boletín Oficial del Estado”.
2. El resto de publicaciones a que haga referencia la legislación vigente, se entenderán referidas exclusivamente al “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santomera y al Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Tercera.- Requisitos de lo/as aspirantes. 1.- Para tomar parte en la oposición será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título académico exigible para el ingreso en el grupo C, subgrupo C1 (Bachiller, FP II o título de Técnico) y de los permisos de conducción de las clases B y A2.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones. La aptitud física para realizar las pruebas señaladas, en su caso, en la convocatoria, deberá acreditarse mediante certificado médico.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
g) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
h) Comprometerse a portar armas y a utilizarlas, mediante declaración jurada que deberá incorporarse a la instancia de participación en el procedimiento selectivo, así como, de conducir vehículos policiales y cuantos medios técnicos destine el Ayuntamiento al Servicio de la Policía Local, mediante declaración jurada o promesa que deberá acompañarse a la instancia para participar en el procedimiento selectivo. Anexo III.
i) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales o a Autoridades, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Policía Local en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso.
2. Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria.
Cuarta.- Instancias. 1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso, que deberán ajustarse al modelo que figura como Anexo I a las presentes Bases, y en la que los/las aspirantes deberán declarar, bajo su propia responsabilidad, que reúnen todos los requisitos exigidos en la Base tercera de esta convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santomera, y deberán presentarse en el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que se efectúe la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
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