viernes, 8 de noviembre de 2019

2 plazas de Agente de la Policía Local (C1), por turno libre. Bases. Ayuntamiento de Aldaia

ANEXO
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA PROVISIÓN DE TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE ALDAIA, DOS POR TURNO LIBRE Y UNA POR MOVILIDAD
BASE PRIMERA.- Objeto y publicidad de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de agente de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Aldaia, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios especiales, Clase: Policía Local y sus auxiliares, pertenecientes a la oferta pública de empleo del año 2018 publicada en el DOGV Nº 8475 de 30 de enero de 2019 y BOP Nº 7 de 10 de enero de 2019, siendo DOS de ellas por turno libre y UNA por movilidad de acuerdo con lo previsto en el Decreto 153/2019, de 12 de julio, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los cuerpos de la policía local de la Comunitat Valenciana. Las plazas convocadas están dotadas con el sueldo correspondiente al grupo C1 de titulación del artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales.
Las plazas ofertadas por turno libre serán incrementadas, en su caso, por la/s que no fueran cubiertas por el turno de movilidad y por aquellas vacantes que se produjeran desde la publicación de esta convocatoria.
El procedimiento selectivo será el de OPOSICIÓN para el turno libre y CONCURSO para el de movilidad.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y el anuncio de la convocatoria en extracto en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado, así como en tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Aldaia. De igual manera y preceptivamente, se remitirá copia íntegra de las bases al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias, órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, con anterioridad al inicio del proceso de selección.
BASE SEGUNDA.- Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitido/a al presente proceso selectivo para acceso a la función pública local, será necesario referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias, cumplir los siguientes requisitos:
Para el turno libre:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditado en tal sentido por los aspirantes.
c) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas establecidos mediante disposición reglamentaria del titular del departamento del Consell con competencia en materia de seguridad. En ningún caso, dichos cuadros de exclusiones médicas podrán suponer discriminación de las personas con diabetes, VIH ni cualquier otra enfermedad inmunológica no asintomática, siempre que dichas enfermedades no imposibiliten el ejercicio del puesto de trabajo. Y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,58 metros las mujeres.
d) Haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No hallarse inhabilitado o inhabilitada para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme ni estar separado del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2, regulados en el Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo).
h) Comprometerse a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
...
BASE TERCERA.- Forma y plazo de presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, ajustadas al modelo normalizado (Anexo 1) se dirigirán al Sr. Alcalde de la Corporación, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Aldaia Oficina de Información Municipal, sita en la plaza de la Constitución nº 10, a través del registro telemático o en cualquiera de las forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En caso de que se opte por la presentación a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 deberá estamparse, en la propia solicitud, el sello del registro del Organismo en que se presente o el sello de certificación postal de cualquier oficina de correos. Los opositores manifestarán en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa.
Junto con la instancia se habrá de acompañar el justificante de haber abonado 76,20 euros en la cuenta ES21 0182 1443 8102 0000 1609 BBVA del Ayuntamiento de Aldaia. Por lo que respecta al resguardo del ingreso bancario, realizado directamente o mediante transferencia bancaria, de la tasa de 76,20 euros en la cuenta ES21 0182 1443 8102 0000 1609 BBVA, en el concepto de la tasa deberá figurar el nombre y apellidos de la persona aspirante y el proceso selectivo a que se presenta. Ello de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Concurrencia a las Pruebas Selectivas para el Ingreso de Personal.
En la instancia, se deberá señalar el turno por el que se opta "Turno Libre" o "Movilidad", debiendo presentar, al optar por el turno de movilidad, el currículum vitae y documentación acreditativa de los méritos alegados por el/la aspirante debidamente compulsados en sobre cerrado o lacrado. No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite en ese momento, ni documento que no sea presentado junto a la instancia solicitando tomar parte en las pruebas, a excepción del certificado médico oficial que con carácter previo al inicio del ejercicio comprendido en la base 7.3, deberá presentarse el día de su realización.

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