martes, 24 de noviembre de 2009

ayudas dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones de formación, en el sector de la construcción naval

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Resolución de 16 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Gerencia del Sector de la Construcción Naval, por la que se efectúa una convocatoria extraordinaria en el año 2009 para la aplicación de los remanentes de crédito existentes para la concesión de ayudas dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones de formación, en el sector de la construcción naval.
Objeto.- 1. Mediante la presente Resolución, se realiza una convocatoria extraordinaria para la aplicación de remanentes de créditos provenientes de la convocatoria del año 2008 del régimen de concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones orientadas a la formación continua de los trabajadores de la industria naval española.
2. La presente convocatoria se regirá por la Orden ITC/815/2009, de 26 de marzo, («Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 1 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones de formación en el sector de la construcción naval, que se denominará en lo sucesivo «orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas».
Características de las ayudas.- En el marco de la presente resolución, podrán solicitarse ayudas en la modalidad de subvención para proyectos y actuaciones que se ejecuten entre el día 25 de agosto del año 2008 y el 31 de diciembre del año 2009.
No obstante, también podrán ser subvencionables, aquellos proyectos y actuaciones que, habiéndose iniciado en el plazo señalado en el párrafo anterior, finalicen a lo largo del año 2010.
Beneficiarios de las ayudas. - 1. Podrán ser beneficiarios, de acuerdo con los conceptos descritos en el apartado tercero de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, las entidades que se relacionan a continuación:
1.1) Las empresas del sector de la construcción naval y de los sectores industriales auxiliares.
1.2) Entidades sin ánimo de lucro, que de forma habitual presten servicios de formación y de gestión/coordinación a las empresas.
1.3) Agrupaciones de Interés Económico de Empresas que cumplan con la finalidad del párrafo anterior.
1.4) Agrupaciones de las anteriores entidades.
2. Los proyectos y las actuaciones de formación irán dirigidos principalmente a los trabajadores de las Pymes del sector naval español, tanto de astilleros, como de las empresas de la industria auxiliar, que sean beneficiarias de las ayudas.
Plazo de presentación de solicitudes.– Esta convocatoria establece con un único procedimiento de selección de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 15 de diciembre de 2009 y terminará el día 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive.
Formalización y presentación de solicitudes de ayuda.-
Las solicitudes para la obtención de las ayudas y el resto de la documentación requerida, estarán disponibles para su cumplimentación, en la página web de la GSCN [ http://www.gernaval.org/ (formación)], donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios para su correcta presentación.

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