CORTES GENERALES. Acuerdo de 20 de octubre de 2009, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la formación práctica de archiveros, bibliotecarios y documentalistas.
Objeto y condiciones.- 1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades relacionadas con los fondos archivísticos, bibliográficos y documentales y con las publicaciones de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.
La relación de becas que se convoca es la siguiente:
Tres becas para archivo.
Ocho becas para biblioteca o documentación.
Una beca para publicaciones.
Duración y cuantía.- 1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2010.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil seiscientos (12.600) euros brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 1.050 euros y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
Condiciones de los solicitantes.- 1. Pueden solicitar la concesión de la beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (Anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, actualizado en el sitio Web del Ministerio de Ciencia e Innovación).
b) Haber obtenido dicho título en el año académico 2004-2005 o años posteriores.
c) Acreditar preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales.
Solicitudes.- 1. Las solicitudes se ajustarán, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria y se presentarán en el Archivo del Congreso de los Diputados, calle Floridablanca, sin número, 28071 Madrid, en horario de 9:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 13 de noviembre al 2 de diciembre, a.i.]
Objeto y condiciones.- 1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades relacionadas con los fondos archivísticos, bibliográficos y documentales y con las publicaciones de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.
La relación de becas que se convoca es la siguiente:
Tres becas para archivo.
Ocho becas para biblioteca o documentación.
Una beca para publicaciones.
Duración y cuantía.- 1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2010.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil seiscientos (12.600) euros brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 1.050 euros y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
Condiciones de los solicitantes.- 1. Pueden solicitar la concesión de la beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (Anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, actualizado en el sitio Web del Ministerio de Ciencia e Innovación).
b) Haber obtenido dicho título en el año académico 2004-2005 o años posteriores.
c) Acreditar preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales.
Solicitudes.- 1. Las solicitudes se ajustarán, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria y se presentarán en el Archivo del Congreso de los Diputados, calle Floridablanca, sin número, 28071 Madrid, en horario de 9:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 13 de noviembre al 2 de diciembre, a.i.]
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