ANEXO - Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación en materia de formación e información de cuidadores no profesionales
Población destinataria.– Las acciones formativas y de información, desarrolladas por la Administración Pública competente, estarán dirigidas a los cuidadores y cuidadoras no profesionales de personas en situación de dependen
La Administración Autonómica correspondiente establecerá los criterios para determinar las necesidades formativas de las personas cuidadoras destinatarias de estas acciones formativas, en función de su perfil.
ANEXO I.- Criterios a título informativo y orientativo de los programas de formación en cuanto a contenidos y metodología
ANEXO II.- Criterios a título informativo y orientativo en materia de recursos humanos y materiales.
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