martes, 10 de noviembre de 2009

FVMP: ayudas a las entidades locales valencianas para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuer

Federació Valenciana de Municipis i Províncies. CONVOCATÒRIA de 7 de novembre de 2009, de la Federació Valenciana de Municipis i Províncies, d’ajudes a les entitats locals valencianes per al desenrotllament d’actuacions d’acollida i integració de persones immigrants així com de reforç educatiu, durant l’exercici 2009. [2009/12842]
CONVOCATORIA de 7 de noviembre de 2009, de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, de ayudas a las entidades locales valencianas para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, durante el ejercicio 2009. [2009/12842]
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Objeto.-
Cofinanciación del coste de las actuaciones de las Entidades Locales en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana destinadas a promover la acogida, la integración y el refuerzo educativo de las personas inmigrantes durante el ejercicio 2009.
Segunda. Beneficiarios.- Las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana que formen parte de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP), y que promuevan la acogida y la integración de los inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos.
Tercera. Requisitos de las Entidades beneficiarias.- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente convenio las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana que formen parte de la FVMP y que cumplan los siguientes requisitos:
1. Que la entidad local tenga más de un 5% de población inmigrante empadronada a fecha 01/01/2008 en el territorio de su ámbito de actuación.
2. Que la entidad local disponga de Plan de Inmigración, en el territorio de su ámbito de actuación.
3. Que la entidad local tenga un servicio permanente de atención a los inmigrantes (servicios de traducción, orientación, mediación, información, etc).
4. Que la entidad local cofinancie el proyecto de actuación atendiendo a los siguientes porcentajes:
10% de cofinanciación si tiene censados menos de 20.000 habitantes.
20% de cofinanciación si tiene censados más de 20.000 habitantes y menos de 100.000.
30% de cofinanciación si tiene censados más de 100.000 habitantes.

En todo caso, la FVMP financiará los proyectos de actuación de las Entidades Locales Valencianas, teniendo como límite máximo lo estipulado en el convenio suscrito entre la FVMP y la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía.
Cuarta. Contenido y programas de actuaciones a desarrollar por las Entidades Locales.-
Las actuaciones concretas que se lleven a cabo deben estar enmarcadas dentro de las establecidas en el Marco de Cooperación sobre el que se elabora el Plan de Acción de la Comunitat Valenciana.
Cada actuación deberá contemplar, al menos, los siguientes aspectos: Contenido de la actuación, Número y tipología de los beneficiarios, Forma de ejecución, Coste y financiación e Indicadores de resultado.
Los ejes de actuación son los referidos en el anexo informativo que se adjunta.
Específicamente, se dedicará como mínimo la cantidad de 985.311,60 € del total asignado en este convenio al desarrollo de actuaciones de refuerzo educativo incluidas en el eje de Educación, cuyas medidas prioritarias se encuentran incluidas en el Anexo informativo que se adjunta.
Quinta. Procedimiento de concesión.- Las solicitudes presentadas por parte de las Entidades Locales se dirigirán a la FVMP y en ella se hará constar, al menos, el porcentaje de cofinanciación del proyecto de actuación.
A la solicitud se acompañará un plan de actuación, enmarcado dentro de los ejes y medidas que se recogen en el Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como el Refuerzo Educativo de los mismos del año 2009 que forma parte del Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de colaboración suscrito el 6 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat.
Una vez presentadas las solicitudes, la FVMP será la encargada de revisar la documentación presentada, y de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse resolución.
El secretario general de la FVMP, atendiendo a las solicitudes presentadas, y de acuerdo con los criterios y requisitos establecidos, elaborará una propuesta motivada de resolución con la aprobación o denegación de las solicitudes planteadas y la asignación de cantidades a cada una de ellas; y la trasladará a la Dirección General de Inmigración para que sea informada.
Una vez recabado el informe citado, elevará la propuesta al órgano competente para su resolución, que será la Presidencia de la FVMP.
Lugar de presentación de la instancia.- Deberán ajustarse al modelo que se adjunta, y deberán presentarse, en el Registro General de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, en 46001-Valencia, C/ Guillem de Castro nº 46– 1º.
Plazo de Presentación.- El plazo improrrogable de presentación de la solicitud y de la documentación requerida finaliza el 18 de noviembre de 2009.

1 comentario:

  1. ¿Cuantos ayuntamientos de la comarca van a ser capaces de presentar proyectos de subvención? ¿Será que aquí no vivie ningún ciudadano de otros paises? ... aunque en muchos municipios superen el 50 % de la población.

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