Aprobar el precio medio de la energía a aplicar en el cuarto trimestre de 2009 en el cálculo del importe correspondiente a la facturación anual equivalente de la energía para determinar la retribución anual del servicio de interrumpibilidad regulada en el artículo 6 de la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, fijando su valor en 43,25 euros/ MWh.
martes, 3 de noviembre de 2009
se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad ofrecido po
Aprobar el precio medio de la energía a aplicar en el cuarto trimestre de 2009 en el cálculo del importe correspondiente a la facturación anual equivalente de la energía para determinar la retribución anual del servicio de interrumpibilidad regulada en el artículo 6 de la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, fijando su valor en 43,25 euros/ MWh.
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