- Resolución de 7 de junio de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se convocan plazas de directores de centros en el exterior.
Primero. Convocar los puestos de director de centro del Instituto Cervantes en:
1. París. Coordinador de los centros del Instituto Cervantes en París, Lyon, Toulouse, Burdeos y sus ámbitos de actuación.
2. Lyon.
3. Londres. Coordinador de los centros del
Instituto Cervantes en Londres, Dublín, Mánchester-Leeds, Estocolmo y
sus ámbitos de actuación.
4. Roma. Coordinador de los centros del Instituto Cervantes en Milán, Nápoles, Palermo y sus ámbitos de actuación.
5. Utrecht.
6. El Cairo/Alejandría. Coordinador de los centros del Instituto Cervantes en Ammán, Beirut y sus ámbitos de actuación.
7. Orán.
8. Río de Janeiro.
9. Porto Alegre.
Las funciones de los puestos serán: dirigir el
centro y todas sus actividades: académicas, culturales,
económico-administrativas e institucionales.
Segundo. Retribución. De acuerdo con el Ministerio de Hacienda y
Función Pública, la retribución bruta anual de cada puesto, que incluye
salario, complemento de índice de poder adquisitivo y complemento de
desplazamiento, asciende a:
Puesto
|
Retribución
–
Euros
|
---|---|
1. París
|
110.236,81
|
2. Lyon
|
86.905,06
|
3. Londres
|
105.943,42
|
4. Roma
|
93.390,44
|
5. Utrecht
|
94.363,54
|
6. El Cairo/Alejandría
|
94.669,98
|
7. Orán
|
70.234,17
|
8. Río de Janeiro
|
105.102,75
|
9. Porto Alegre
|
84.896,42
|
Tercero. Régimen de contratación. El candidato designado suscribirá un contrato de
alta dirección en los términos previstos en la disposición adicional
octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral; en el artículo 2.1. a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto
451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de
los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y
otras entidades; y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el
que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de
alta dirección, así como en el artículo 13 del Estatuto Básico del
Empleado Público (EBEP).
Cuarto. Requisitos.
• Tener la nacionalidad española.
• No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
• Estudios universitarios.
• Experiencia mínima laboral de cinco años.
Serán excluidos del proceso de selección todos
aquellos candidatos que no reúnan estos requisitos de participación, o
que hayan presentado su solicitud fuera de plazo.
Quinto. Méritos. Se considerarán los siguientes méritos:
• Experiencia acreditada en puestos directivos relacionados con la enseñanza de idiomas o la gestión cultural.
• Experiencia acreditada en dirección y gestión de equipos humanos.
• Experiencia en relaciones internacionales.
• Nivel intermedio o B1 de conocimiento del idioma francés o inglés en función del país de destino, así como de otros idiomas.
Se tendrá, también, en consideración la
disponibilidad para viajar y la capacidad de liderazgo y de trabajo en
equipo del aspirante, así como la adecuación del perfil del candidato a
los puestos solicitados.
Sexto. Solicitudes. Los aspirantes presentarán las solicitudes
conforme al modelo que figura en el anexo I. A la solicitud deberá
acompañarse un currículum vitae actualizado en el que consten
relacionados los requisitos y los méritos que se alegan, que deberán ser
acreditados documentalmente.
Los candidatos deberán dirigir sus solicitudes en
el plazo de diez días hábiles a partir de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado»,{del 16 al 29 de junio de 2017, a.i.} por alguno de los siguientes medios:
– En el registro de la sede Central del Instituto Cervantes, C/ Barquillo, 4, - 28014 Madrid.
– En la forma establecida en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
– Presentación vía electrónica de las
solicitudes, conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio,
de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
– A través de la sede electrónica del Instituto Cervantes (https://sede.cervantes.gob.es)
Noveno. Publicidad.
Esta resolución, el listado provisional de
cumplimiento de requisitos y la resolución por la que se resuelve la
convocatoria, se publicará en la página web del Instituto Cervantes
(http://www.cervantes.es/sobre_instituto_cervantes/ofertas_empleo_centros.htm)
y en su sede electrónica (http://sede.cervantes.gob.es).
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